«Registro electoral no es empadronamiento afirma el Senador Galán. Así reaccionó el legislador ante la insistencia en varios diarios nacionales de equiparar ambas figuras. Agregó que le preocupa que detrás de tanta presión haya intereses oscuros empeñados en sabotear el Código Electoral y evitar así una democracia más transparente o eficaz.
Hay varias diferencias que muestran cómo no son equivalentes ambas figuras: por un lado el registro electoral es para facilitar el ejercicio del derecho al voto, que no es obligatorio. Mientras que el empadronamiento es un deber con propósitos de seguridad. El acceso al registro electoral por otras autoridades se realiza en el marco de las normas de protección de la información personal, mientras que en el empadronamiento las autoridades administrativas y de policía administran directamente la información.
Finalmente el Senador Galán señaló que cualquier riesgo para la intimidad que pudiera existir sería corregido en la revisión previa que haría la Corte Constiucional, pues se trata de una ley estatutaria. «