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Pensionados no necesitarán supervivencia para reclamar mesadas

D esde el pasado domingo 1 de julio entró en cumplimiento el artículo 21 del decreto – ley 019 de 2012, el cual exime a las personas jubiladas de expedir sus certificados de supervivencia para hacer efectivo su pago mensual.

A partir de ahora ninguna entidad pública o privada podrá solicitar el certificado, con el fin confirmar la supervivencia de los colombianos. Ahora se hará consultando únicamente las bases de datos del Registro Civil de la Registraduría Nacional del Estado Civil.

“Abolir certificado de supervivencia beneficia a más de dos millones de pensionados”, afirmó este lunes el presidente Juan Manuel Santos, desde su cuenta de Twitter.

Según el decreto, quienes requieran verificar la fe de vida de una persona, deberán hacerlo a través de la página web del Ministerio de Salud y Protección Social.

Escrito por Carolina Urrego.

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