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Colombianos condenados por Corte Internacional podrán cumplir pena en el país

cortepenalinternacional1–El presidente Juan Manuel Santos anunció esta mañana que los colombianos que sean condenados por la Corte Penal Internacional podrán cumplir su pena aquí en el país, en concordancia con el acuerdo suscrito el 17 de mayo del 2011 con ese organismo judicial, con sede en La Haya, en los Países Bajos.

El anuncio lo hizo precisamente al sancionar el convenio, tras su aprobación por el Congreso de la República, según el cual «Colombia está en la lista de Estados que estarían dispuestos a recibir a un condenado por ese tribunal internacional».

«Sancionamos acuerdo con la Corte Penal Internacional que permite que colombianos condenados en esa corte cumplan su pena en Colombia», reseñó el presidente Santos en su cuenta en Twitter.

El acuerdo fue ratificado por el Congreso al aprobar un proyecto de ley que presentaron para el caso la actual canciller María Angela Holguin y el entonces ministro de Justicia, Juan Carlos Esguerra.

En el acuerdo, quedó establecido que en el hipotético caso de que un colombiano sea condenado por la Corte Penal Internacional por crímenes de lesa humanidad y otros afines, “la pena privativa de libertad se cumplirá en un Estado designado por la Corte sobre la base de una lista de Estados que hayan manifestado a la Corte que están dispuestos a recibir condenados”.

Sin embargo, antes de pedir a un determinado pais que reciba a un condenado, la Corte Penal Internacional evaluará una serie de circunstancias, entre ellas, la infraestructura carcelaria existente.

«Colombia demuestra que encuentra en la Corte Penal Internacional a una aliada en la lucha contra la impunidad de los crímenes que conmueven la conciencia de la humanidad y ratifica su disposición para que se siga empoderando el régimen del Estatuto de Roma, en tanto este requiere, para su eficacia, de la plena cooperación de los Estados partes», subraya el documento.

La Corte Penal Internacional (llamada en ocasiones Tribunal Penal Internacional) es un tribunal de justicia internacional permanente cuya misión es juzgar a las personas acusadas de cometer crímenes de genocidio, de guerra y de lesa humanidad. Tiene personalidad jurídica internacional, y no forma parte de las Naciones Unidas, aunque se relaciona con ella en los términos que señala el Estatuto de Roma, su norma fundacional.

El Estatuto de Roma surgió en la Conferencia Diplomática de plenipotenciarios de las Naciones Unidas realizada en la capital italiana el 17 de julio de 1998, en la cual se estableció la Corte Penal Internacional, como el primer organismo judicial internacional de carácter permanente encargado de perseguir y condenar los más graves crímenes, cometidos por individuos, en contra del Derecho Internacional.

Su fundamento original más directo se encuentra en los tribunales internacionales establecidos en Núremberg y Tokio para juzgar a los criminales de guerra de Alemania y Japón por los delitos cometidos durante la Segunda Guerra Mundial.