Fiscal advierte crisis institucional por destitución de Petro y pide a Santos aplazar la medida
–En concepto del Fiscal General de la Nación, Eduardo Montealegre, la decisión del Procurador Alejandro Ordoñez de destituir al alcalde de Bogotá Gustavo Petro, es antidemocrática y aboca al país a una crisis institucional, por lo cual pidió, por un lado al presidente de la República aplazar la medida y por otra parte, a la Corte Constitucional pronunciarse con base en una de las tantas tutelas interpuestas para mantener a Petro en el cargo.
«Lo único que puedo afirmar es que constitucionalmente el Presidente sí tiene competencia para determinar cuándo se cumple el fallo. Por ejemplo: podría diferir el cumplimiento, para después de que el pueblo se pronuncie a través de la revocatoria», precisó el fiscal Montealegre en reportaje con el periodista Yamid Amat publicado en el diario el Tiempo.
En un pronunciamiento parecido al expuesto recientemente por el presidente Santos, el fiscal Monatealegre aclaró en primera instancia que su posición no es de ataque al Procurador ni de defensa del alcalde Petro, sino en defensa de la Constitución.
«No voy a cuestionar las decisiones del Procurador en este caso particular. Critico el diseño institucional de la Procuraduría, que no es democrático», expresó.
El fiscal Monatealegre dijo que en el caso del alcalde Gustavo Petro se debe buscar la armonización de las normas constitucionales que se encuentran en conflicto, pues por un lado el Procurador está facultado «para hacer vigilar a todos los servidores públicos, lo cual incluye a los de elección popular», y por otro, el artículo 323 de la Constitución establece expresamente que le corresponde al Presidente destituir o suspender al Alcalde de Bogotá.
Advirtió que el Presidente tiene un margen de discrecionalidad para determinar cuándo y en qué momento se debe cumplir la decisión del Procurador.
«El Presidente, agregó, puede diferir el cumplimiento de la decisión del Procurador y determinar en qué momento se hace efectiva. Debe evaluar las consecuencias que implica para el ordenamiento constitucional y para la buena marcha de la administración pública de Bogotá, el momento en que se debe cumplir esa decisión».
Subrayó que la competencia del Presidente no es simplemente formal, mecánica y reducida a fungir exclusivamente como un notario, o una especie de amanuense limitado a cumplir decisiones del Procurador. El Presidente tiene poderes materiales de control de la decisión del Procurador, puntualizó.
Además señaló que el presidente no está obligado a acatar la decisión del Procurador.
«Si bien el Presidente puede acatar la decisión del Procurador cuando considere que no viola la Constitución, también puede decidir cuándo la cumple. Por ejemplo, cuando se hayan decidido las tutelas interpuestas a favor del alcalde y que deberá decidir finalmente la Corte Constitucional», precisó.
El periodista le advirtió que el Presidente ha dicho que inexorablemente tiene que cumplir la orden del Procurador, y que no puede apartarse en ningún caso de esa decisión.
«Independientemente de esa posición, respondió Montealegre, creo que el Presidente sí tiene un margen de discrecionalidad para determinar cuándo se cumple el plazo para ejecutar la decisión del Procurador y sobre ese punto no hay pronunciamiento del Gobierno.
«Como Fiscal General –puntualizó –no quiero realizar ninguna injerencia en la toma de decisiones o en el ámbito de competencia del señor Presidente, ni mucho menos pretendo darle consejos sobre qué debe hacer en este caso particular. Lo único que puedo afirmar es que constitucionalmente el Presidente sí tiene competencia para determinar cuándo se cumple el fallo. Por ejemplo: podría diferir el cumplimiento, para después de que el pueblo se pronuncie a través de la revocatoria. Una cosa es que él considere que no se puede apartar del fallo del Procurador, y otra bien distinta es que él sí tiene la facultad para determinar el momento en que se cumpla. Por respeto a la democracia, ¿no debería esperar a que se vote la revocatoria del Alcalde a través de una consulta?
Finalmente, el fiscal Montealegre hizo un llamado a la reflexión sobre esta situación: ¿Qué pasaría si se cumple la decisión del señor Procurador en forma inmediata y posteriormente la Corte Constitucional, a través de una tutela, ordena el reintegro del señor Alcalde de Bogotá? Por eso creo que deben buscarse salidas equilibradas a la crisis institucional. Que no deben ser salidas mecánicas, como las que propone el Gobierno Nacional. Hay alternativas de interpretación para conciliar valores constitucionales y democráticos en juego».
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