
Por violación de normas de índole presupuestal y contractual, la Procuraduría destituyó, en primera instancia, al actual rector de la Universidad de Cundinamarca, Adolfo Miguel Polo Solano, y al exgerente del Instituto de Desarrollo del Meta por el término de 11 años.
Por otro lado, Gilberto Toro Franco, ex gerente del instituto de desarrollo, también fue sancionado por el término de 10 años, en sus condiciones de actual rector de la Universidad de Cundinamarca (UDEC) y gerente del Instituto de Desarrollo del Meta (IDM) para la época de los hechos, respectivamente.
Al señor Polo Solano se le reprochó el no presentar al Consejo Superior Universitario la incorporación al presupuesto de la Universidad de la totalidad de los recursos recibidos por el Fondo Especial de Extensión y Proyectos (FODESEP) de la UDEC por concepto de convenios interadministrativos, como lo evidenció la ejecución del Convenio Marco 022 de 2011 y los contratos derivados del mismo, suscritos con el Instituto de Desarrollo del Meta durante el año 2011.
Igualmente, la Procuraduría Delegada para la Economía y Hacienda Pública evidenció que los dos disciplinados omitieron soportar las capacidades técnicas, operativas, administrativas y financieras, y la experiencia de la Universidad de Cundinamarca, en desarrollo de la interventoría de las cesiones de 20 contratos: cinco suscritos en el 2010 y 15 en el 2011.
Así mismo, cuestionó al rector de la institución educativa los atrasos en el reporte de información, la legalización de contratos, la entrega de actas por parte de los supervisores, y la imposición de una multa a la Universidad de Cundinamarca, en razón a situaciones de orden administrativo, hecho que demostró su falta de idoneidad en estos temas.
En el caso del gerente del IDM durante los años 2010 y 2011, el órgano de control imputó su falta como gravísima a título de culpa gravísima, por considerar que desempeñaba una función estratégica en el departamento del Meta y con su conducta puso en juego los recursos públicos de sus habitantes.
Esta decisión de primera instancia fue comunicada en estrados a los sujetos procesales, quienes interpusieron y sustentaron el recurso de apelación que será resuelto por la Sala Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación.
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