Bogotá

Juzgado ordena el arresto por un día de la personera distrital

Un juzgado de Bogotá ordenó el arresto por un día de la personera distrital, Carmen Teresa Castañeda, por incumplir un fallo de tutela que determinó reintegrar a un funcionario.

Se argumenta que la entidad incumplió el sentido de la determinación judicial, por lo que Castañeda –como representante legal del ente de control– debe ser arrestada durante 24 horas.

Este hecho tiene que ver con una tutela que interpuso en octubre de 2016 un funcionario identificado como Eduardo José Herazo Sabbag, de 60 años, quien fue removido de la Personería.

Herazo Sabbag reclamaba que, por su calidad de pre-pensionado, no podía ser retirado hasta tanto cumpliera los requisitos legales para acceder a su pensión.

Por medio de un comunicado, la Personería Distrital indicó acata decisión, pero no comparte la decisión del Juez de Segunda Instancia, quien tutela derechos fundamentales que de manera alguna han sido vulnerados, si en cuenta se tiene que se está obligando al Ministerio Público Distrital, a mantener en la Entidad, a un funcionario de libre nombramiento y remoción que ya cumplió todos los requisitos legales para pensionarse.

«El señor Herazo Sabbag no está vinculado al régimen de prima media, sino a un Fondo de Pensión Privado en el que se encuentra corroborado que cuenta con los requisitos legales para acceder a su pensión, pues a la fecha tiene las semanas cotizadas y los aportes exigidos por la ley», aseguró la entidad.

La decisión del Juez de Segunda Instancia, revoca el fallo de primera y ordena reintegrar al señor Herazo Sabbag, en abierta contradicción de la normatividad vigente, el Patrimonio Público y el interés general. Situación ésta que conlleva a que la Personería Distrital deba mantenerlo de manera indefinida, hasta tanto y según criterio del tutelante Herazo Sabbag se mejore su promedio de aportes para elevar su pensión, creando un nefasto precedente judicial, pero sobre todo desconociendo el derecho a la igualdad, ya que millones de colombianos ni siquiera pueden acceder a cotizar recursos para su jubilación.

El Juez Once Civil Municipal, en primera instancia, negó la solicitud de amparo presentada por el señor Herazo Sabbag, al considerar que no se le estaba afectando su mínimo vital, pues contaba con todos los requisitos para garantizarse una pensión digna y se contaba con otros recursos judiciales para reclamar ante la justicia sus pretensiones; en segunda instancia y sin argumentos jurídicos y probatorios, se da un viraje jurídico que desconoce la jurisprudencia de las Altas Cortes. En estos momentos, la Personería de Bogotá, espera que la Corte Constitucional revise la tutela.