Judicial

Prorrogan medidas de aseguramiento a dos procesados por escándalo de Reficar

–Un juez prorrogó la medida aseguramiento a Felipe Laverde Concha y Reyes Reinoso Yánez, investigados por el desfalco la Refineria de Cartagena, Reficar, el más grande hecho de corrupción en el país. Además, otro juez prorrogó orden captura contra Masoud Deidehban por el mismo caso.

La Fiscalía General de la Nación indicó que las medidas fueron adoptadas a instancias suyas por los funcionarios judiciales.

En abril de 2017 concluyo la primera fase de la investigación de REFICAR y como resultado de la misma se establecieron serias irregularidades ocurridas en los 12 años de desarrollo del plan de modernización de la Refinería de Cartagena.

Desde el año 1996 se planteó la necesidad de modernizar la Refinería de Cartagena, para lo cual el Plan Nacional de Desarrollo de 2003 (Ley 812 de 2003) definió este proyecto como de “importancia estratégica” para el país. El tema se planteó en dos documentos CONPES (3312 de 2004 y 3336 de 2005), donde se establecieron políticas públicas dirigidas a conseguir un socio estratégico que financiara el proyecto.

El CONPES dispuso que el Plan se adelantara con la mayor participación privada posible de recursos, con el objetivo de asegurar que los riesgos asociados al proyecto recayeran fundamentalmente en el inversionista privado y, a su turno, se mitigara el riesgo del Estado en la ejecución de la obra. Complementariamente, el CONPES estableció que la ingeniería y la construcción del proyecto se adelantaran bajo la modalidad contractual “llave en mano”, a fin de eliminar el riesgo de posibles sobrecostos en la construcción.

Como desarrollo de esa política y tras una invitación pública internacional, en el año 2006 se eligió a la compañía Glencore International AG como el inversionista mayoritario del proyecto. Así, Glencore International AG (51%) y Ecopetrol (49%) constituyeron la sociedad “Refinería de Cartagena S.A. REFICAR”, encargada de ejecutar el proyecto de modernización.

Posteriormente, en el año 2007, bajo la administración de Glencore, REFICAR eligió a Chicago Bridge & Iron Company (CB&I) – para hacer la ingeniería, las compras y la construcción de la Refinería a través de un contrato de EPC (Enginering, Procurement and Construction).

En el año 2009, sin haber financiado el proyecto y alegando un evento imprevisto, imprevisible e irresistible, Glencore se retiró de la sociedad REFICAR, y Ecopetrol adquirió el ciento por ciento (100%) de la participación accionaria de la Refinería, asumiendo la totalidad del capital de REFICAR, ejecutora del proyecto.

Tras la salida de Glencore, en 2009, REFICAR contrató a Foster Wheeler & Process Consultant Inc. (FJPVC) para llevar a cabo el gerenciamiento, supervisión y control del proyecto.

En el 2010, para continuar con la ejecución del proyecto, REFICAR suscribió dos nuevos contratos EPC con CB&I en la modalidad contractual “costos reembolsables”, desconociendo la modalidad contractual inicialmente requerida por el CONPES, lo que implicó que los riesgos de sobrecostos fueran asumidos totalmente por el Estado.

Durante la ejecución del proyecto, luego de atrasos e incumplimientos por parte del contratista, en 2014, REFICAR y CB&I suscribieron cuatro acuerdos denominados “Memorandum of Agreement” (MOA) y “Project Invoicing Procedure” (PIP), que dieron lugar a la apropiación de recursos públicos en favor del contratista CB&I.

En virtud de estos acuerdos, REFICAR incurrió en el pago de facturas que habían sido previamente rechazadas por el supervisor del contrato – Foster Wheeler & Process Consultant Inc. (FJPVC) – o que no fueron validadas por este. Según ha podido evidenciar la Fiscalía General de la Nación, los pagos son cobros irrazonables, desproporcionados y sin ninguna relación con el proyecto. Estos se presentaron, entre otras, en las siguientes modalidades:

-Pago de facturación por bienes o servicios no prestados al proyecto;
-Pago por subcontrataciones no autorizados por REFICAR;
-Pago por gastos suntuosos y extravagantes, no relacionados con el proyecto;
-Pago duplicado de costos;
-Pago por equipos que no prestaron servicio al proyecto.

El peculado fue tasado en más de seiscientos diez mil millones de pesos.

Por estos hechos, el ente acusador decidió vincular, mediante formulación de imputación, a los presuntos responsables por delitos contra la administración pública, la fe pública y el orden económico y social en la ejecución del megaproyecto.