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Corte Suprema: parejas en unión libre también puede reclamar cuota alimentaria

–En caso de ruptura, compañeros permanentes o cónyuges, sean culpables o no, trátese de vínculo solemne o meramente consensual, pueden reclamarse alimentos entre sí, cuando uno de ellos se encuentre en necesidad demostrada.

Así lo determinó la Corte Suprema de Justicia, que ahora aplicó la norma para las uniones libres, estableciendo de paso que no sólo el hombre, sino también la mujer, está obligada a reconocer o pagar la cuota alimentaria a su parejo.

El magistrado Luis Armando Tolosa, explica los alcances del fallo:

A continuación publicamos apartes fundamentales de la providencia de la Corte: