Noticia Extraordinaria

La JEP pide medidas de protección a militares que rinden versión acerca de «falsos positivos»

Imagen de archivo

Este viernes la Sala de Reconocimiento de Verdad de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) ordenó a la Unidad Nacional de Protección (UNP) adoptar medidas necesarias para proteger la vida de los militares que han venido rindiendo declaración dentro del expediente de los «falsos positivos».

La solicitud hecha a la UNP, señala: «La gravedad de las manifestaciones reseñadas en las notas publicadas y la visibilidad que por ello han obtenido esos comparecientes, procede la Sala de oficio tomar medidas para que las instancias competentes evalúen el riesgo y, de ser necesario, adopten las medidas de protección que corresponden».

Y agrega que los medio de comunicación han permitido la identificación de los militares en sus declaraciones, poniéndolos en riesgo así como a sus familiares.

Puntualmente la JEP solicitó adelantar medidas de protección para los coroneles Heber Hernán Gomez Naranajo, Héctor Alejandro Cabuya, Santiago Herrera Fajardo, Jesús Rincón Amado y Yeris Gómez Coronel.

Además pidió que se analice la situación de riesgo del coronel Heber Hernán Gómez Naranjo, el mayor Gustavo Soto Brancamonte y la abogada Tania Parra Montenegro.

La Jurisdicción Especial para la Paz, JEF, anunció el pasado 6 de junio, que ampliará la forma en la que las víctimas podrán participar en las versiones de los comparecientes dentro del caso 003, denominado «Muertes ilegítimamente presentadas como bajas en combate», más conocidos como «falsos positivos».

La medida la adoptó la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas, al aceptar un recurso de reposición presentado por la Fundación Comité de Solidaridad con los Presos Políticos, la Corporación Colectivo de Abogados «José Alvear Restrepo» y la Comisión Colombiana de Juristas.

En el comunicado, subraya que la Sala determinó, a través del Auto 080 de 2019, que se admitirá la presencia de los representantes judiciales acreditados en el lugar donde se reciban las versiones de los comparecientes, y se dispondrá de una sala de audiencias para que las víctimas, que así lo deseen, puedan observar en tiempo real la transmisión de estas diligencias.

La Sala de Reconocimiento consideró que aunque la forma en que se ha desarrollado las versiones de los comparecientes hasta ahora es acorde a los principios de centralidad de las víctimas que rigen a la JEP, la solicitud presentada podría redundar en una mayor satisfacción del derecho de las víctimas a la verdad y constituiría un paso adicional en la dirección de la construcción de la verdad de manera temprana, teniendo en cuenta las circunstancias y particularidades de los casos actualmente priorizados por la Sala de Reconocimiento.