La JEP deja en firme expulsión de alias «gafas» el excarcelero de las Farc por deserción del Acuerdo de Paz
–(Foto «Operación Jaque», hace 15 años). La Jurisdicción Especial para la Paz, JEP, informó este miércoles que la Sección de Apelación dejó en firme la expulsión de Alexánder Farfán Suárez, más conocido por su alias de «gafas» y por haber sido el «carcelero» de las extintas Farc, capturado en la «Operación Jaque» el 2 de julio de 2008, en desarrollo de la cual fueron liberados 15 secuestrados, entre ellos la excandidata presidencia Ingrid Betancur.
El motivo por el cual se le excluyó definitivamente de la justicia transicional por «su deserción armada manifiesta al Acuerdo de Paz», indicó la JEP en su cuenta en la red social X.
La Jurisdicción Especial para la Paz recuerda que en agosto de 2023, la Sección de Revisión de la JEP al compareciente Farfán Suárez y dejó sin efecto los beneficios jurídicos que le habían sido concedidos. Así mismo, ordenó enviar nuevamente sus procesos a la justicia ordinaria.
Ahora, en fallo de segunda instancia, confirmó la medida que, entre otras cosas, deja sin efecto los beneficios transicionales que le habían sido concedidos y se ordena enviar sus procesos a la justicia ordinaria para que lo juzgue y lo condene por los crímenes que cometió durante su militancia en las extintas Farc.
De hecho, el pasado 3 de agosto la Procuraduría General de la Nación pidió a la JEP corroborar la posible retoma de armas en contra del Estado por parte de alias “gafas”, dentro del trámite de revisión y supervisión de beneficios provisionales que adelantaba la magistratura en su contra.
La solicitud sla formuló el ministerio públicocomo consecuencia de la resolución de la Presidencia de la República en la que se reconoció a Farfán Suárez como «gestor de paz» para participar en los diálogos del Gobierno Nacional y las disidencias de alias «Iván Mordisco».
En ese entonces, en comunicación enviada a la EP, el Procurador Delegado, Jairo Acosta Aristizábal, precisó que Farfán Suárez, alias “gafas” o “Enrique gafas”, debía ser excluido inmediatamente del sistema, «por hecho notorio de retoma de armas en contra del Estado.»
La Procuraduría advirtió que “conforme a lo establecido dentro de los compromisos de no repetición que integran el régimen de condicionalidades se encuentra la obligación de no alzarse nuevamente en armas en contra el Estado, ni de integrar grupos armados organizados. Este es un requisito esencial para mantener los beneficios transicionales ante la JEP y para la permanencia dentro del sistema”.
El delegado Acosta refirió como ejemplo para la posible exclusión de alias “gafas”, el caso de Darío Velásquez Saldarriaga, más conocido como «el paisa», en el que se aplicó el concepto de hecho notorio, el cual, para la Procuraduría se convirtió en antecedente jurisprudencial de la magistratura.
