La JEP rechazó solicitud de sometimiento de «La gata» Enilce López; en el proceso Petro respaldó su inclusión en la justicia transicional: «Tiene mucho que decir»
–Por su falta de voluntad e incumplir ordenes de la Sección de Apelación, la Jurisdicción Especial para la Paz, JEP, rechazó la solicitud de sometimiento de Enilce López Romero, más conocida con el alias de «La gata».
A través de su cuenta en la red social X, la JEP estableció que la exempresaria del chance se abstuvo de asistir a una Audiencia Única de Aporte de Verdad Plena «como última oportunidad para someterse a esta Jurisdicción».
«La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas tomó la decisión después de analizar y contrastar lo expresado por López en un oficio remitido a la JEP en abril de este año. En concepto de la Sala, López incumplió con lo ordenado por la Sección de Apelación», precisó en el trino la Jurisdicción Especial para la Paz.
Sin embargo, advirtió que contra dicha decisión proceden recursos de reposición y apelación, según lo establecido en la ley.
El 17 de septiembre de 2018, el hoy presidente de la República, Gustavo Petro, expresó su «respaldo» a que Enilce López fuera a la Justicia Especial para la Paz.
«Dije en Magangué que la Paz consistiría en que ella pudiera ver a sus nietos jugar en una esquina del municipio. Pero la condición es que diga toda la verdad y Enilce tiene mucho que decir», escribió Petro entonces en su cuenta en Twitter, hoy X.
El 10 de octubre de 2020, Enilce del Rosario López Romero, fue condenada por los delitos de homicidio agravado y concierto para delinquir agravado.
Ese día, Petro pidió a la JEP recibir a «La gata». Así trinó en la red social:
«Enilce López, alias «La gata» tiene mucho que decir. Ella es un actor de la guerra, incitadora de masacres con Mancuso y financiadora de la clase política tradicional del Caribe. Toda esa verdad debe ser entregada a la JEP. La JEP debe recibirla».
Al año siguiente, concretamente el 5 de agosto de 2021, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP admitió las solicitudes de un grupo de terceros y agentes del Estado diferentes a miembros de la fuerza pública, entre ellos, la de Enilce López Romero.
La Sala estableció que el estudio de las solicitudes de sometimiento de terceros y agentes del Estado diferentes a miembros de la fuerza pública serían agrupadas según el contexto de estructuras y los patrones de macrocriminalidad con las que estén relacionados.
Dentro de estas agrupaciones, la Sala priorizó la investigación y procesamiento de solicitudes relacionadas con el bloque norte de las AUC y con las Autodefensas Unidas de Córdoba y Urabá. También priorizó el patrón de macrocriminalidad de ejecuciones extrajudiciales con intervención de civiles.
Con esto, dijo en esa oportunidad, se busca adoptar criterios de descongestión, con el fin de asegurar el funcionamiento eficiente, eficaz y célere de la JEP y evitar que las conductas más graves y representativas queden impunes. Esto también permitirá centrar los esfuerzos en la investigación penal de los máximos responsables de los delitos más graves y representativos del conflicto armado.
Dentro del grupo del Bloque Norte anunció el estudio de las solicitudes de sometimientos de Javier Alfredo Valle Anaya, Erlin Hernán Ortega Herrera, Alfredo Alberto Barreneche Aaron, Eduardo Enrique Dávila Armenta, Pedro Mary Mauvdi Aranguena, Eduar López Tinoco, Luis Rafael Páez Zambrano, Enilce del Rosario López Romero, Wendy Vanesa Alfonso López, Jorge Luis Alfonso López y Félix Manuel Díaz Bobadilla.

