Nacional

Plazo de 6 meses da Consejo de Estado al Gobierno para reglamentar prohibición de probar productos cosméticos en animales

–El Consejo de Estado ordenó al Gobierno nacional reglamentar la Ley 2407 de 2020, por la cual se prohíbe en Colombia la experimentación, importación, fabricación y comercialización de productos cosméticos, sus ingredientes o combinaciones de ellos que sean objeto de pruebas con animales.

Concretamente, la Ley 2407 de 2020 en Colombia establece que ningún producto cosmético, ni sus ingredientes o combinaciones, deben ser objeto de pruebas con animales. Esto implica que tanto la fabricación nacional como la importación y venta de productos cosméticos que hayan sido testeados en animales están prohibidas en Colombia.

El Consejo de Estado emitió la orden en respuesta a una acción de cumplimiento, donde se evidenció el incumplimiento del gobierno en la reglamentación de la ley. La reglamentación es necesaria para definir aspectos operativos de la prohibición y asegurar su correcta implementación.

La decisión se adoptó en el marco de una acción de cumplimiento que tenía por objeto exigirle al Gobierno nacional acatar el artículo 6 de la Ley 2407 de 2020, en el sentido de expedir la reglamentación sobre la prohibición de la experimentación, importación, fabricación y comercialización de productos cosméticos, cuyos ingredientes y combinaciones sean objeto de prueba en animales.

Al analizar el contenido de la disposición, la corporación concluyó que el referido artículo contiene un mandato imperativo e inobjetable de reglamentar la ley, el cual fue desatendido por parte del Gobierno nacional.

En consecuencia, la Sección Quinta, al encontrar vencido el plazo previsto en la ley para tal efecto, ordenó al Gobierno nacional que, en el término de seis (6) meses, expida la reglamentación correspondiente.