Bogotá

Este es el calendario del pico y placa para vehículos particulares en Bogotá durante agosto

Pico y placa en Bogotá vehículos particulares 1 a 31 de agosto de 2025Foto: Alcaldía Mayor de Bogotá- Juan Pablo Bello.

La restricción rige de lunes a viernes, de 6:00 a. m. a 9:00 p. m. Aquí encuentras el calendario definido por la Secretaría Distrital de Movilidad (SDM) para que planees tus viajes durante agosto.

Así opera la medida de pico y placa en Bogotá para vehículos particulares

En días impares pueden circular los vehículos particulares con placa terminada en: 1, 2, 3, 4 y 5.

En días pares pueden circular los vehículos particulares con placa terminada en: 6, 7, 8, 9 y 0.

Calendario del pico y placa para vehículos particulares en Bogotá durante agosto de 2025

Del 1 al 3 de agosto

Viernes 1 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5

Sábado 2 de agosto: No aplica la medida de pico y placa.

Domingo 3 de agosto: No aplica la medida de pico y placa.

Semana del 4 al 10 de agosto

Lunes 4 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0

Martes 5 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5

Miércoles 6 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0

Jueves festivo 7 de agosto: No aplica

Viernes 8 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0

Sábado 9 de agosto: No aplica la medida de pico y placa.

Domingo 10 de agosto: No aplica la medida de pico y placa.

Semana del 11 al 17 de agosto

Lunes 11 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5

Martes 12 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0

Miércoles 13 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5

Jueves 14 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0

Viernes 15 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5

Sábado 16 de agosto: No aplica la medida de pico y placa.

Domingo 17 de agosto: No aplica la medida de pico y placa.

Semana del 18 al 24 de agosto

Lunes festivo 18 de agosto: Aplica el pico y placa regional

Martes 19 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5

Miércoles 20 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0

Jueves 21 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5

Viernes 22 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0

Sábado 23 de agosto: No aplica la medida de pico y placa.

Domingo 24 de agosto: No aplica la medida de pico y placa.

Semana del 25 al 31 de agosto

Lunes 25 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5

Martes 26 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0

Miércoles 27 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5

Jueves 28 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0

Viernes 29 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5

Sábado 30 de agosto: No aplica la medida de pico y placa.

Domingo 31 de agosto: No aplica la medida de pico y placa.

Así opera el pico y placa regional

El pico y placa regional funciona el último día de todos los puentes festivos o cuando lo establezca la Administración distrital, en los nueve corredores de ingreso a Bogotá.

A partir de las 12:00 del mediodía y hasta las 4:00 p. m., sólo se permite el ingreso a Bogotá de los vehículos con placas terminadas en número par, y, de 4:00 p. m. a 8:00 p. m. se permite el ingreso de los vehículos con placas impares.