Expresidente Uribe seguirá en detención domiciliaria; Tribunal Superior negó medida provisional que buscaba su libertad
–El Tribunal Superior de Bogotá le negó al expresidente Álvaro Uribe Vélez la medida provisional solicitada por su defensa que buscaba revertir la detención domiciliaria inmediata que le impuso la juez 44 penal del Circuito de Bogotá, Sandra Liliana Heredia, tras condenarlo a 12 años de prisión por los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal.
Al respecto, Jaime Granados, abogado del exmandatario, interpuso una tutela mediante la cual pretendía que se suspendiera la orden de la detención domiciliaria inmediata, argumentando que al exmandatario se le vulneraron los derechos fundamentales de la dignidad humana, el debido proceso y la presunción de inocencia.
“Los argumentos de la jueza, por demás, ya fueron superados por nuestro ordenamiento jurídico. Desconoció gravemente la presunción de inocencia pues, a pesar de no existir una condena en firme, fundamentó la detención anticipada en el daño causado con el delito, cuestión que ni siquiera está plenamente definida por la justicia”, precisó Granados.
El Tribunal desestimó la solicitud y dejó claro que la detención domiciliaria seguirá vigente mientras no haya un pronunciamiento de fondo del caso.
Según la providencia del magistrado Leonel Rogeles Moreno, la medida cautelar solicitada por la defensa de Uribe “no cumple con los estándares de urgencia, necesidad ni con la condición jurídica de perjuicio irremediable que justifique intervenir antes de que se falle la tutela”.
“Las decisiones de los jueces gozan de la presunción de acierto y legalidad, hasta tanto en las instancias superiores se determine lo contrario; ello permite garantizar la seguridad jurídica, su respeto y cumplimiento, como garantía de los postulados de los artículos 29 y 229 de la Carta Política”, precisó.
Además advirtió que “no existen motivos para que, en este estadio del proceso de tutela, se suspenda la orden dictada por la autoridad judicial accionada; máxime que, salvo la inconformidad del actor con la decisión judicial, por el momento ninguna irregularidad se advierte que sea del calado necesario para estimar una afectación relevante a los derechos fundamentales del prenombrado”.
Igualmente consideró que aún es muy pronto para calificar de arbitraria la decisión judicial que impuso la detención domiciliaria a Uribe, como lo sostiene su defensa. Esto solo podrá determinarse después de que ambas partes tengan la oportunidad de presentar y controvertir pruebas.
El Tribunal subrayó que este es un debate eminentemente jurídico, basado en la interpretación de normas constitucionales, del procedimiento penal y de la jurisprudencia, por lo que solo cuando se estudie el caso completo podrá saberse si la orden de captura cumplió o no con los requisitos mínimos para afectar la libertad del expresidente.
El despacho consideró que la solicitud de la defensa no aportó elementos suficientes para justificar la suspensión provisional y que, por ahora, la detención domiciliaria de Uribe debe mantenerse mientras se estudia de fondo la tutela.
El despacho del magistrado Leonel Rogeles Moreno tendrá un plazo de 10 días para tomar una decisión definitiva sobre si mantiene o levanta la medida de aseguramiento domiciliaria impuesta al expresidente.

