Noticia Extraordinaria Tema del Día

Dineros de extinción de dominio no pueden utilizarse para administrar bienes de las Farc

–La Fiscalía General de la Nación y el Consejo Superior de la Judicatura llamaron duramente la atención al Ministerio de Justicia por un decreto que expidió y que, afirman, desborda la competencia del Ejecutivo, a tiempo que le notifican que los dineros producto de extinción de dominio No pueden utilizarse para administrar bienes de las Farc.

Las precisiones las hicieron en una carta conjunta enviada al jefe de la cartera de Justicia la presidenta del Consejo Superior de la Judicatura Marta Lucía Olano Noguera y el Fiscal General Méstor Humberto Martínez Neira.

Según la misiva, con la expedición del Decreto 1535 expedido el 15 de septiembre pasado, se desborda la competencia reglamentaria del Ejecutivo, pues se está dando una destinación diferente a la fijada por la Ley a los recursos del FRISCO (Fondo de Rehabilitación, Inversión Social y Lucha contra el Crimen Organizado) que administra la Sociedad de Activos Especiales».

Agregan que el presupuesto de ese fondo «tiene destinaciones espefícas, particularmente el fortalecimiento de la justicia y de la fiscalía, y no para sufragar todos los gastos necesarios para administrar y disponer de los bienes inventariados por las Farc, que tienen por finalidad un fondo distinto».

Finalmente, la presidenta del Consejo Superior de la Judicatura y el Fiscal General manifiestan que celebran que se estén definiendo los asuntos relacionados con la efectiva entrega de los bienes que poseen las Farc, pero reafirman «su administración no puede hacerse con cargo al FRISCO a riesgo de emplear dineros públicos en actividades que legalmente no le están autorizadas».