Comisiones Primeras aprobaron reglamentación de la Justicia Especial para la Paz
–Finalmente, el proyecto de ley Estatutaria que reglamenta la Justicia Especial para la Paz fue aprobado por las Comisiones Primeras en sesión conjunta y ahora la iniciativa, que corresponde a la implementación del acuerdo del fin del conflicto, pasa para su aval en las plenarias de Senado y Cámara de Representantes.
Como estaba previsto, las bancadas de Cambio Radical y Centro Democrático, no votaron el articulado, pero el gobierno hizo valer sus mayorías para sacar adelante la iniciativa.
El presidente Juan Manuel Santos celebró la aprobación:
En su quinta sesión de discusión se aprobó en varios bloques el resto del articulado en donde se abordaron temas como la naturaleza de la JEP, requisitos para tratamiento especial en el JEP, que sería aportar verdad plena, reparar las víctimas y garantizar no repetición; competencia material; competencia personal; dentro del acuerdo llegado con la Fiscalía General de la Nación.
Así mismo se aprobó el artículo 19, relacionado con los requisitos para acceder al tratamiento especial. “Para acceder al tratamiento especial previsto en la JEP es necesario aportar verdad plena, reparar a las víctimas y garantizar la no repetición”.
En el mismo sentido se aprobó el artículo 98 relacionado con las reglas especiales transitorias “Mientras el Congreso de la República expide las normas procesales de que trata el artículo transitorio 12 del Acto Legislativo 01 de 2017, los magistrados y fiscales seguirán las siguientes reglas especiales:
Salvo los casos consagrados expresamente en esta ley, las salas, para el solo efecto de la práctica de pruebas, podrán limitar derechos fundamentales, con las mismas competencias de los jueces de control de garantías. Las salas de la JEP, podrán ordenar y practicar pruebas, tanto de oficio como a solicitud de parte.
Con fundamento en el reglamento de la JEP, y con el fin de evitar dilaciones procesales, los magistrados podrán limitar razonablemente el principio de oralidad y determinar los casos en que prevalece el sistema escrito.
Las normas procesales de la JEP que se expidan con posterioridad a la aprobación de esta ley deberán respetar los modelos procesales, los parámetros y los principios señalados en el Acto Legislativo 01 de 2017, así como los contenidos establecidos en el capítulo 5.1.2., numerales 1 a 75 del acuerdo de paz.
El ministro del Interior, Guillermo Rivera sostuvo que “Este artículo lo mejoramos recogiendo inquietudes de la senadora Viviane Morales, Claudia López y el mismo fiscal para tener un régimen de procedimiento que deje contentos a todos para el siguiente debate”.
Posteriormente fueron aprobados los artículos 20, 21, 22 y 151 sobre asuntos procedimentales, como venían en el pliego de modificaciones sobre debido proceso, seguridad jurídica y derecho aplicable.
Con 10 votos a favor en el Senado, se aprobaron los artículos 39, 40 y 41 como vienen en la ponencia y que se refrieren al tema de amnistía, la cual será la más amplia posible; los efectos: “La amnistía extingue la acción y la sanción penal principal y las accesorias; y sobre los delitos no amnistiables entre los que se encuentra los de lesa humanidad, el genocidio, los graves crímenes de guerra, toma de rehenes, tortura, ejecuciones extrajudiciales, desaparición forzada, acceso carnal violento, la sustracción de menores, desplazamiento forzado, además del reclutamiento de menores.
También se aprobaron los artículos 78,109, 138 y 139 con 10 votos a favor y 1 en contra, relacionados con las funciones de la sala de reconocimiento, integrantes de la unidad de investigación y acusación, verificación y cumplimiento de las sanciones y monitoreo, vigilancia y verificación del cumplimiento de sanciones propias de agentes del estado.
Los artículos 66,83 y 115 también fueron aprobados como venían en el pliego de modificaciones y tratan sobre la responsabilidad de los mandos de las Farc, las funciones de la sala de definición de situaciones jurídicas y las funciones del Secretario Ejecutivo de la JEP. La senadora Viviane Morales propuso que se incluya en la responsabilidad de mando los estándares del Derecho Internacional Humanitario.
Seguidamente fueron aprobados los artículos 2, 3, 25 , 29 y 36 sobre definición de la Jurisdicción Especial Para La Paz, integración jurisdiccional, la paz como principio orientador, tratamiento especial de otras conductas y derecho a la defensa.
Ahora esta iniciativa pasa a consideración de las plenarias tanto del Senado de la Repúblico como de la Cámara de Representantes.

