Bogotá Judicial

Corte Suprema deja en firme condena de 40 meses de prisión contra el excongresista Germán Olano Becerra por «carrusel de la contratación» en Bogotá

–Al resolver el recurso de apelación radicado por la defensa del excongresista Germán Alonso Olano Becerra, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia confirmó la condena de 40 meses (3 años) de prisión por el sonado escándalo del «carrusel de la contratación» en Bogotá.

Se investigaron las irregularidades registradas en el contrato número 137 de 2007 de construcción de la Fase III de TransMilenio, Grupo IV, de la calle 26. El legislador habría realizado gestiones para la adjudicación de obras a un grupo de contratistas a cambio de beneficios económicos. Por esos hechos el excongresista se acogió a sentencia anticipada por los delitos de tráfico de influencias de servidor público y enriquecimiento ilícito.

Las gestiones que desplegó Olano Becerra en el proceso de selección del IDU para la construcción de la «Fase III de TransMilenio, Grupo IV, de la calle 26», para favorecer a la «Unión Temporal Transvial» liderada por el denominado
«Grupo Nule». En dicho trámite, Miguel Eduardo Nule Velilla acudió al procesado y a Héctor Julio Gómez González para
obtener su apoyo en el favorecimiento de la propuesta presentada por la «Unión Temporal Transvial». Olano Becerra participó para lograr que servidores públicos adoptaran decisiones favorables a dicho grupo empresarial, a cambio de beneficios económicos. Finalmente, la licitación fue adjudicada a la referida unión temporal.

Inicialmente, la Sala determinó que en el caso no opera la prescripción y tampoco se le violaron los derechos fundamentales al procesado, pues los dos primeros delitos por los que fue condenado “no presentan identidad fáctica, ni de causa con el objeto de este proceso”.

Consideró además que, contrario a lo manifestado por la defensa de Olano Becerra, la condena de la Sala Especial de Primera Instancia no se edificó sobre una única fuente testimonial “ni con base en argumentos circulares. Por el contrario, surge de la apreciación conjunta de declaraciones, documentos del proceso licitatorio, información financiera, soportes de pago y de la grabación incorporada al expediente, elementos que se articulan y corroboran entre sí, y sustentan razonadamente la hipótesis delictiva planteada en la resolución de acusación en este caso”.

Añadió que las pruebas del proceso permiten concluir que Olano Becerra realizó un aporte funcionalmente relevante a la ejecución del acuerdo ilícito, no solo al facilitar el contacto entre integrantes del «Grupo Nule» y el contratista Héctor Julio Gómez González, sino también al participar en las exigencias económicas asociadas al contrato y al intervenir posteriormente para favorecer la ejecución de la obra y el cumplimiento de los compromisos adquiridos.

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