Bogotá

Metrovivienda no entregará subsidios de vivienda

La Secretaría Distrital del Hábitat anunció que Metrovivienda, entidad adscrita a esta entidad, no entregará más subsidios de vivienda y retoma su función original por la cual fue creada: ‘ser un banco de tierras’.

La secretaria del Hábitat, Catalina Velasco, explicó que «los subsidios serán desarrollados, a partir de la fecha, directamente desde la Secretaría del Hábitat, que cuenta con una subsecretaría de gestión financiera que tiene como propósito, no solo manejar los subsidios, sino garantizar que las familias puedan hacer el análisis financiero y acceder a una vivienda digna».

«Metrovivienda tiene una función muy importante y es ser gestor de suelos en la ciudad para la construcción de vivienda, especialmente de interés social. La reestructuración le permite realmente ejercer como banco de tierras y concentrarse en esta labor», aseguró la funcionaria.

En el segundo semestre de 2005, la Administración Distrital, a través de Metrovivienda, implementó la política de Subsidio Distrital de Vivienda, como estrategia que promueve una solución habitacional concreta y efectiva para las poblaciones más vulnerables de Bogotá. Esta determinación hizo que la entidad se desviará un poco de su objetivo inicial.

Sobre el subsidio

El Subsidio Distrital de Vivienda es un aporte en dinero otorgado una sola vez al beneficiario, sin cargo de restitución, el cual constituye un complemento al ahorro, al crédito inmobiliario, o recursos provenientes del Valor Único de Reconocimiento VUR (para el caso de población en situación de alto riesgo no mitigable) y del Subsidio Familiar de Vivienda (para el caso de población en situación de desplazamiento).

Para ello, la estrategia contempla el acompañamiento y asesoría financiera para la consecución del subsidio, así como la canalización y complementación del mismo.

Poblaciones beneficiarias

* Población en situación de desplazamiento: solo podrán aplicar aquellos hogares que tengan asignado el Subsidio Nacional de Vivienda del Gobierno Nacional.
* Población de trabajadores independientes: en este caso aplicaron los hogares que hacían parte de la cola de la Bolsa Ordinaria del Gobierno Nacional.
* Población de trabajadores independientes en situación de alto riesgo no mitigable: en este caso solo opera para la Promoción de la oferta de vivienda nueva o usada de interés social y aplica como complemento al subsidio que administra la Caja de Vivienda Popular para los hogares en proceso de reasentamiento.
* Población de trabajadores independientes con deficiencias en sus condiciones básicas de salud, habitabilidad y seguridad: para este caso el subsidio se asigna a los hogares que hacen parte del Programa Salud a su Hogar – SASH – que adelanta la Secretaría Distrital de Salud.
* Población de vendedores informales: en este caso solo opera para la Promoción de la oferta de vivienda nueva o usada de interés social y aplica para los hogares cuyo sustento depende del trabajo informal en las ventas ambulantes y que se encuentran inscritos en el Instituto Para la Economía Social – IPES.

Existen a su vez algunas condiciones que definen un mapa de mayor vulnerabilidad socioeconómica y que son consideradas en la selección de las familias favorecidas. Estas situaciones son: mujer cabeza de hogar, número de hijos, discapacidad física o mental de alguno de los miembros del hogar, y condición de indígena o afrocolombiano.

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