Bogotá

Destituyen a director de Bomberos de Bogotá por irregular contrato con Alma Mater

La Procuraduría General de la nación destituyó e inhabilitó por 10 años al director del Cuerpo Oficial de Bomberos de Bogotá, Mauricio Toro, por irregularidades en la celebración de un contrato por 16 mil millones de pesos con la controvertida organización Alma Mater.

Precisamente en la misma providencia, la Procuraduría confirmó la destitución del director de la Red Alma Mater Germán Toro y una inhabilidad por diez años, así como una suspensión de seis meses a la subdirectora de gestión corporativa de Bomberos, Olga lucia Torres y el jefe de la oficina jurídica Iván Demóstenes Calderón

El Ministerio Público estableció que el director del cuerpo de bomberos eligió al contratista de manera directa, «con lo que se violó el manual de la contratación».

Igualmente señaló que se evidenció un desconocimiento del principio de economía, sin contar con los estudios y diseños previos requeridos para garantizar la correcta ejecución de las obras que incluían la realización de los diseños de las estaciones, de conformidad con lo dispuesto en el Plan de Equipamiento de Seguridad Ciudadana, Defensa y Justicia.

INFORME OFICIAL

Al respecto, la Procuraduría señala en su informe oficial:

Por irregularidades en la celebración y ejecución del contrato interadministrativo 321 del 10 de noviembre de 2009, para la construcción del Comando de Bomberos y Sala de Crisis Distrital, con un costo cercano a los $18.000 millones de pesos, la Procuraduría General de la Nación sancionó en primera instancia a directivos del Cuerpo Oficial de Bomberos de Bogotá y al director ejecutivo de la Red de Universidades Públicas del Eje Cafetero, Red Alma Mater.

Se trata de los señores Mauricio Antonio Toro Acosta, en su condición de Director de la Unidad Administrativa Especial Cuerpo Oficial de Bomberos de Bogotá, a quien se impuso sanción de destitución del cargo e inhabilidad general para ejercer funciones públicas por el término de 10 años; Olga Lucía Torres Becerra, subdirectora de Gestión Corporativa, e Iván Demóstenes Calderón Ulloa, jefe de la Oficina Asesora Jurídica de la misma entidad, a quienes se sancionó con suspensión en el ejercicio del cargo e inhabilidad general por el término de 6 meses; y el señor José Germán Toro Zuluaga, director ejecutivo de la Red de Universidades Públicas del Eje Cafetero, Red Alma Mater, a quien se impuso sanción de destitución del cargo e inhabilidad general para ejercer funciones públicas por el término de 10 años.

Mediante auto del 10 de octubre de 2011 se formularon cargos a los mencionados servidores públicos del nivel directivo y asesor de la Unidad Administrativa Especial del Cuerpo Oficial de Bomberos de Bogotá, en primer lugar, por inobservancia del principio de transparencia que orienta la contratación estatal, al contratar directamente con la Red Alma Mater el señalado servicio, sin mediar criterios de selección objetiva previos, de cuyo análisis y ponderación se determinara que la oferta presentada por esta entidad fuera la más favorable a la Unidad. En segundo lugar, por presunto desconocimiento del principio de economía, al contratar directamente con la Red Alma Mater sin contar con los estudios y diseños previos requeridos para garantizar la correcta ejecución de las obras.

Esta última omisión se reflejó durante la ejecución del contrato de obra pública dando lugar, de una parte, a la reprogramación del proyecto y en consecuencia la prolongación de las obras en el tiempo hasta el 30 de marzo de 2012 con su correspondiente adición (por una cuantía de $1.009 millones de pesos), y de otra, la contratación durante su ejecución de un equipo de consultores para ajustar y de esta manera actualizar los diseños arquitectónicos, de aire acondicionado, hidrosanitarios, eléctricos y red contra incendios, suministrados por la Unidad.

Los cargos formulados al Director Ejecutivo de la Red Alma Mater se sustentaron en su intervención en la ejecución del citado contrato, con omisión de los estudios técnicos, financieros o jurídicos previos requeridos para su ejecución.

A las faltas atribuidas a los investigados se les otorgó la calificación de gravísimas y su culpabilidad se imputó a título de culpa gravísima por desatención elemental.

Contra esta decisión de la Procuraduría Delegada para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública, anunciada en audiencia pública celebrada ayer en la capital del país, procede recurso de apelación ante la Sala Disciplinaria de la PGN.

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