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Consejo de Estado reconoce actos de lesa humanidad durante toma al Palacio de Justicia

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El Consejo de Estado ordenó este lunes la admisión de una demanda de reparación, interpuesta por una mujer quien argumenta que durante la toma al Palacio de Justicia en noviembre de 1985 perdió un pariente, hecho que la perjudicó de por vida.

Con ponencia del magistrado Jaime Orlando Santofimio, la sección tercera del Alto Tribunal señaló que los hechos que rodearon la muerte de varias víctimas de este nefasto episodio constituyeron actos de lesa humanidad, por lo que no son suceptibles a prescripción judicial, tal como lo ordena la ley internacional.

De acuerdo con el magistrado, “el principio de imprescriptibilidad del ejercicio de la acción judicial por los actos de lesa humanidad se consolidó a partir de la convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de lesa humanidad firmada en 1968, la cual entró a regir en 1970”.

Además, la sección tercera revocó un auto del Tribunal Contencioso Administrativo de Cundinamarca, que había negado la admisión de la demanda y le ordenó iniciar su estudio, teniendo en cuenta las recomendaciones entregadas en la providencia.

La primera instancia de esta acción judicial tendrá que ser estudiada por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, etapa en la cual tendrá que verificar la ocurrencia de los hechos “facticos y jurídicos” con el fin de determinar si este tipo de actos puede enmarcarse en actos de lesa humanidad o “debe ajustarse a las reglas ordinarias para el cómputo de la caducidad”.