La Corte Constitucional falló una tutela a favor de la libertad de expresión de los periodistas luego de que ese derecho fuera vulnerado a la comunicadora Julieta Duque por el Departamento Administrativo de Seguridad, DAS.
«La Corte ha sido muy clara al señalar que el Estado sólo puede recopilar en bases de datos información privada o reservada de las personas cuando existe una autorización legal para ello o cuando la persona ha dado su consentimiento», dice el alto tribunal.
El fallo de la Corte señala que en el constante conflicto que vive Colombia, el Estado no puede amenazar, hostigar o cuestionar a un periodista o defensores de derechos humanos que cuestionan o investigan las acciones del propio Estado.
“Es una vulneración del derecho fundamental a la dignidad, la honra y la verdad de las personas amenazadas. No significa que el funcionario no pueda controvertir”, señala uno de los apartes de los argumentos de la tutela.
El magistrado Jaime Córdoba Treviño, afirmó que el fallo se produjo en momentos en que la libertad de prensa se ha visto afectada por el denominado «acoso judicial».
Una de las órdenes de la corporación jurídica también señala es que a la comunicadora Julieta Duque, se le reestablezca el esquema de seguridad, que le fue retirado por el Estado.
“Para que reconozca de forma clara, sin errores o contradicciones que la periodista se encuentra en riesgo, instruya a sus funcionarios y asesores para que respeten a las personas que sienten que su vida está amenazada y le restablezca el esquema de seguridad” dice uno de los puntos del documento.
Cabe recordar que los hechos por los cuales la periodista Julieta Duque Orrego interpuso la tutela fue por las constantes amenazas y la persecución hecha por miembros del DAS y la Policía a inicios del año 2001.