Nacional

MinEducación define uso de uniformes escolares

Las instituciones educativas deben acordar con las secretarías de educación y con los padres de familia la regulación del uso de uniformes de los estudiantes.

Así lo estableció el Ministerio de Educación Nacional a través de la Directiva 07 del año en curso, la cual señala que las instituciones, orientadas por la respectiva secretaría de educación y con el visto bueno de los padres de familia, deben establecer en los manuales de convivencia la regulación del uso de los uniformes en los niños, niñas y jóvenes estudiantes.

Igualmente, indica que si un estudiante no tiene las condiciones económicas para el uso de estos uniformes no se le debe negar su cupo ni su asistencia a clases.

“Se ha vuelto costumbre en los colegios la exigencia del uniforme. No tenemos nada en contra, pero sí estamos siendo muy claros en que no pueden ser una barrera de entrada. Los niños pueden entrar sin uniforme, si no tienen con qué comprar el uniforme no importa, y eso tiene que tenerlo claro el sector público”, indicó la Ministra de Educación, Cecilia María Vélez.

La directiva agrega que son dos los uniformes que puede exigir la institución educativa: un vestuario para uso diario y otro para la práctica de educación física. La regulación de su uso debe estar definida de acuerdo con las posibilidades económicas de los alumnos y el desarrollo social de cada comunidad.

Las indicaciones del uniforme deben ser presentadas por el centro educativo en el momento de la matrícula. Esto debe informarse a los padres de familia al mismo tiempo que el listado completo de los útiles escolares, textos e implementos que se usarán durante el respectivo año académico. Todas estas indicaciones deben ser aprobadas por el consejo directivo de la institución.

La directiva concluye que cualquier irregularidad relacionada con la exigencia del uso del uniforme escolar será atendida por la respectiva secretaría de educación, y que esta es la responsable de velar por el sano y adecuado funcionamiento de los centros educativos que se encuentran en su entidad territorial.

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