Bogotá

Organismos de tránsito deben garantizar la capacitación a infractores

Las autoridades de tránsito territoriales deberán garantizar el normal funcionamiento de los cursos pedagógicos a los conductores infractores, requisito indispensable, para que puedan obtener el beneficio del descuento, hasta tanto se habiliten los Centros Integrales de Atención. Así lo dio a conocer el Ministerio de Transporte mediante resolución 4230 de 2010.

Esta medida operará para garantizar la igualdad y efectividad del acceso al mencionado beneficio en todo el territorio nacional.
Para obtener la reducción en la multa, el conductor debe adelantar el curso obligatorio sobre las normas de tránsito, el que requiere el pago del 50 % del valor de la multa dentro de los cinco días siguientes a la orden del comparendo.

Igualmente, podrá cancelar el 75% del valor de la infracción, si paga dentro de los veinte días siguientes de efectuado el comparendo.
Después de aceptar una infracción y que no es cancelada dentro de los anteriores términos el inculpado debe cancelar el 100% del valor de la multa más los correspondientes intereses moratorios.

El curso pedagógico, requisito para acceder a los beneficios de descuento no podrá ser inferior a dos horas y su temática debe estar orientada a:

• Dar a conocer las normas de tránsito.
• Sensibilizar al infractor sobre la incidencia y problemática de la accidentalidad vial a través del análisis de las estadísticas nacionales de mortalidad y morbilidad, los elementos que afectan los factores que integran la seguridad vial, la vía, el vehículo y el factor humano.
• Actualizar y complementar las normas de comportamiento en el tránsito, cuya transgresión es la causa del mayor porcentaje de accidentes de tránsito.

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