Bogotá

Concejal Martha Ordoñez pidió al ICBF que ordene quitar el video de Silvestre Dangond

En un comunicado de prensa, la concejal de Bogotá, Martha Ordoñez indicó que solicitó al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, ICBF, que ordene retirar el video, publicado en You Tube, donde el cantautor vallenato Silvestre Dangond toca las partes intimas de un menor de edad, en un concierto realizado el pasado 25 de diciembre en el municipio de Patillal, César.

La cabildante agregó que es necesario entablar una investigación formal debido a que «las conductas objetivamente descritas como posibles delitos cometidas contra los niños, niñas y adolescentes deben investigarse de oficio, su omisión puede generar una falta disciplinaria»

Ordoñez indicó que este tipo de hechos no pueden escudarse tras un discurso cultural, «Las normas de protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes son de carácter imperativo y de aplicación en todo el territorio nacional y están por encima de consideraciones y prácticas que algunos estimen “culturales”. »

El siguiente es el comunicado expedido por la cabildante:

1. El día de hoy he solicitado al ICBF realice las acciones que sean necesarias con el fin de que se retire de inmediato el video en el cual se muestra el rostro del menor involucrado, con el fin de proteger sus derechos y evitar que se continúen vulnerando; su imagen ha sido expuesta sin reserva alguna, lo que es totalmente reprochable y desconoce prohibiciones nacionales y del derecho internacional.

2. Las autoridades competentes deben investigar, independientemente de la voluntad de los cuidadores del menor, pues prevalece el derecho que tienen todos los niños, niñas y adolescentes a que se les proteja sus derechos contra cualquier forma de abuso. En el sistema penal colombiano, las conductas objetivamente descritas como posibles delitos cometidas contra los niños, niñas y adolescentes deben investigarse de oficio, su omisión puede generar una falta disciplinaria.

3. Corresponde a las autoridades judiciales y del sistema de protección de los derechos de los menores de 18 años determinar la responsabilidad de cualquier persona investigada por un posible acto de abuso contra este grupo de especial protección y adoptar las medidas encaminadas a garantizar su dignidad como su integridad física y sexual, pero también es importante que la comunidad se manifieste frente a cualquier acto que pueda afectar los derechos de los niños, niñas y adolescentes, pues constitucionalmente se impone la corresponsabilidad frente a la defensa de esta población.

4. Las normas de protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes son de carácter imperativo y de aplicación en todo el territorio nacional y están por encima de consideraciones y prácticas que algunos estimen “culturales”.

5. Es preciso que toda actuación de las autoridades se adelante con el debido cuidado de tal forma que se evite una nueva victimización de quien sufrió la ofensa.

6. Los hechos en comento deben servir para que como sociedad hagamos una profunda reflexión sobre el trato y la protección a la que tienen derecho todos los niños, niñas y adolescentes como sujetos de especial protección. Todo parece indicar que no hemos avanzado nada en este tema. Las supuestas prácticas culturales que son lesivas de la dignidad de cualquier ser humano no pueden ser aceptadas y como tal estamos en la obligación de rechazarlas

Una reflexión desde lo social y desde quienes diseñan las políticas públicas de protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes hoy mas que nunca se impone y a ella recurro para que casos como el que es objeto de discusión pública no se vuelvan a presentar ni en público ni en privado.

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