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Urge actualizar el Código de Policía: Alcalde Moreno

En una reunión con el ministro de Defensa, Rodrigo Rivera; el comandante de la Policía Nacional, general Oscar Naranjo; gobernadores departamentales y diferentes alcaldes del país, el mandatario distrital hizo algunos reparos para el código de convivencia ciudadana que será presentado al Congreso de la República en marzo.

El Alcalde Mayor, Samuel Moreno, aseguró que se necesitan ajustes en lo planteado en materia del ‘ejercicio de cualquier actividad económica’, ‘perturbación por ocupación de hecho y servidumbres’, ‘espacio público’, ‘espectáculos públicos’ y ‘prostitución’, entre otros.

Durante su intervención en el evento, el mandatario Distrital dijo que se hace urgente actualizar el Código de Policía, dado que éste tiene 40 años y el crecimiento de las ciudades, así como la dinámica de sus relaciones de convivencia, sociales y económicas, han cambiado de forma importante.

“El desafío es grande. Generar un Código que armonice las libertades y garantías fundamentales consignadas en la Constitución de 1991, pero que a su vez asegure las condiciones necesarias para lograr una convivencia pacífica y armónica a través de mecanismos preventivos y correctivos de naturaleza coercitiva”, indicó Moreno.

Reparos de la Administración Distrital:

– Espacio Público (Art. 41): Para el Distrito es de vital importancia que se consigne la facultad expresa para reglamentar dicha norma en los niveles Departamental y Distrital. Moreno aseguró que en Bogotá, la problemática del uso irregular del espacio público en actividades comercial, no puede comparar con la del resto del país, por lo que solicitó que se garantice cierto margen de acción a las autoridades del Gobierno de la Ciudad para lograr el cometido de garantizar el uso colectivo del espacio público y no descaminar lo avanzado en esta materia.

– Espectáculos públicos (Art. 42): se refirió a la urgencia de modificar lo relativo a los términos y el procedimiento para expedir la autorización para la realización de los mismos.

– La Prostitución (Art. 60): tal y como está redactado en el Proyecto de Ley, el Alcalde Mayor señaló que pareciera que el enfoque es a tratar a quienes ejerce este oficio como una persona enferma o lesionada, por lo que se considera que es necesario revisar esta conceptualización, de tal manera que se humanice el tema y acercarlo al desarrollo constitucional, pero principalmente porque es oportuno hacer una relectura de la realidad social que circunda este fenómeno.

– Ejercicio de cualquier actividad económica (Art. 29), en relación con establecimientos comerciales. “Se echa de menos que no se considera que se deba cumplir con la destinación autorizada. En nuestro criterio, la destinación es una categoría, un criterio, diferente al uso”, opinó el alcalde Samuel Moreno.

– Perturbación por ocupación de hecho y servidumbres. (Art. 40): el Alcalde Mayor llamó la atención sobre la necesidad de incluir la responsabilidad de los propietarios, poseedores o tenedores de los bienes objeto de ocupación de hecho por parte de un tercero, pues el ejercicio de sus facultades no se puede limitar únicamente a la interposición de querellas cuando su derecho se vea afectado.

Desde el año pasado, el despacho de la Secretaría de Gobierno, convocó y lideró mesas de trabajo que han contado con la participación de varias entidades distritales, la Policía Metropolitana de Bogotá, académicos y representantes de diversos sectores, con quienes se ha abordado juiciosamente el estudio de este Proyecto de Ley Código de Policía, de tal manera que se hace un seguimiento a la iniciativa legislativa del Ministerio de la Defensa.

El Gobierno Nacional consultó a la administración distrital para fortalecer la estructuración del Proyecto de Ley del Código Nacional de Convivencia Ciudadana (también conocido como Código de Policía), dada la experiencia que tiene la ciudad en la aplicación de normas y programas de seguridad y convivencia.

Estos son los principales puntos de la ley:

1. Unifica la legislación policial en un solo cuerpo. La competencia para dictar las normas de policía, regulación de libertades públicas y derechos fundamentales de la ciudadanía compete al Congreso de la República, el cual debe hacerlo mediante ley.

2. Organiza y actualiza aspectos como las multas en salarios mínimos legales vigentes. De manera que un infractor tendría que pagar desde un día de salario mínimo legal vigente hasta 400 salarios mínimos legales mensuales vigentes, según el caso.

3. Determina un nuevo procedimiento único de policía, más ágil y expedito; que permite la aplicación de medidas oportunas y eficientes, para la protección de la convivencia colombiana.

4. Determina prohibiciones y funciones de control de Policía para la fabricación, uso y almacenamiento de pólvora.

5. Respecto a establecimientos de comercio, industria, corporaciones, fundaciones o de otra naturaleza, señala requisitos para su funcionamiento, cuyo único objetivo es garantizar el orden en la actividad comercial del país. El incumplimiento de esta norma da origen al cierre definitivo del establecimiento.

6. Propende por la aplicación de mecanismos alternativos de solución de conflictos, contribuyendo a la descongestión de la administración judicial y facilitando el acceso a la administración de justicia de los ciudadanos.