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Gustavo Petro está inhabilitado para ser Alcalde de Bogotá: José Obdulio Gaviria

En diálogo con Radio santa Fe, el ex asesor presidencial, José Obdulio Gaviria aseguró que el candidato por la Alcaldía Mayor de Bogotá está inhabilitado en su aspiración política debido a que en el pasado enfrentó dos procesos penales, lo que de acuerdo con la norma del Consejo Nacional Electoral lo deja por fuera de la contienda.

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A través de Radio santa Fe, Gaviria explicó que Gustavo Petro tuvo dos procesos penales, «el primero en el año 1985, por violación del artículo 201 del Código Penal, incorporado en el titulo relativo a los delitos contra la seguridad pública y al capítulo los delitos de peligro; en ese proceso fue condenado y cumplió la pena».

José Obdulio Gaviria indicó que Petro «fue capturado cuando tenía una pistola y una granada y que estaba siendo perseguido como miembro del M-19; él dice que fue capturado como perseguido político, la verdad es que fue capturado como una persona que tuvo un arma ilegal, él dice que por una contravención, eso es totalmente falso».

El abogado y comunicador social agregó que el Candidato ha explicado que no fue un juez el que lo condenó sino una resolución administrativa de un comandante de brigada.

Gaviria recordó que en 1985 fue año “ominoso” para la justicia colombiana, donde los carteles de la droga dominaban el entorno criminal, y fue con la muerte de Lara Bonilla que se rebosó el vaso, y permitió entregarle competencias a los jueces penales militares para resguardar la vida de los jueces civiles, “por esa razón es que Gustavo Petro fue condenado por un juez competente, y por lo tanto está inhabilitado de plano”

El ex asesor presidencial aclaró que Petro es amnistiado por otro caso, que tiene que ver con “la firma de un documento de apoyo a la toma del Palacio de Justicia, una vez ocurrió el hecho, y entonces se abrió una investigación por esos hechos, y entonces en 1990 el Tribunal Superior de Bogotá les concedió la amnistía, pero no se refiere para nada al delito anterior de porte ilegal de armas”

José Obdulio Gaviria puntualizó que “está expresamente consagrado en la Constitución y en las norma que rigen las elecciones que nadie que haya sido condenado por algún delito puede aspirar a cargo público”

El ex asesor presidencial dijo que “yo creo que hay dos procedimientos, uno la perdida de investidura, que es un procedimiento que no solo se aplica a quienes estén en el momento de la denuncia con investidura parlamentaria, sino que se presenta en cualquier época; y segundo, el Consejo Nacional Electoral debiera tomar las determinaciones puesto que consagra la ley esa obligación de impedir una elección inútil, una elección viciada, además hay que recordar que sanciona a la organización que haya inscrito a una persona inhabilitada”

Gaviria también explicó que el Consejo Nacional Electoral debe tomar una determinación, y a más largo plazo el Consejo de Estado deberá pronunciarse ante una inminente demanda de perdida de envestidura.

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