Política

Mininterior vigilará cumplimiento de Ley de Víctimas

En los decretos reglamentarios de la Ley 1448 de 2011 o Ley de Víctimas y de Restitución de Tierras, firmados hoy por el Presidente de la República, Juan Manuel santos, y por el Ministro del Interior, Germán Vargas Lleras, se establece que la cartera del Interior será la encargada, junto con la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral de Víctimas, de promover y hacer seguimiento al cumplimiento de las obligaciones de los mandatarios territoriales con esta normatividad.

Esta medida nace de la importancia que, para su correcta implementación, tiene la relación entre la Nación y los entes territoriales, ya que será allí donde serán coordinadas las competencias y responsabilidades de las entidades nacionales, departamentales, distritales y municipales.

Los decretos señalan que el Ministerio del Interior deberá ayudar a la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral de Víctimas al establecimiento de lineamientos generales de políticas públicas para coordinar a las entidades nacionales y territoriales, promover la autonomía territorial, impulsar la descentralización administrativa y armonizar las agendas de los diversos sectores administrativos.

En este sentido, la figura de Convenio Plan, creada en la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, y que permite por medio de un acuerdo marco de voluntades entre la Nación y los entes territoriales establecer mecanismos específicos de desarrollo, servirá para garantizar la atención integral de las víctimas del conflicto armado interno.

El Ministerio del Interior, junto con esta nueva Unidad, diseñará y operará el Reporte Unificado del Sistema de Información, Coordinación y Seguimiento Territorial en materia de prevención, asistencia, atención y reparación integral a las víctimas -RUSICST-, que será un mecanismo de información, seguimiento y evaluación al desempeño de las entidades territoriales, en relación con la implementación de las políticas públicas y planes de acción de prevención, asistencia, atención y reparación integral a las víctimas.

Entre los decretos sancionados por el Presidente y Vargas Lleras están los que establecen la aplicación especial de la Ley de Víctimas y de Restitución de Tierras para la reparación integral de las comunidades indígenas, afrocolombianas, raizales, palenqueras y gitanas, las cuales participaron activamente, por medio de la consulta previa, en la concertación del texto expedido este martes por el Gobierno Nacional.

Precisamente, en este decreto se señala que, de manera participativa, las entidades competentes a cargo de los Programas de Prevención y Protección definirán las medidas de protección colectiva dirigidas a mitigar el riesgo de comunidades indígenas y Afrocolombianas, organizaciones de víctimas y organizaciones de mujeres, y tendrán en cuenta las necesidades y características particulares tanto culturales, territoriales y de vulnerabilidad que tengan dichas colectividades.

Otras de las funciones del Ministerio del Interior, que establece uno de los decretos, es la de realizar, durante los próximos seis meses, un censo con el objetivo de establecer los criterios, mecanismos y procedimientos para articular el Observatorio de Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario. Este Observatorio, que fue creado con esta norma, se encargará de realizar el intercambio y la articulación de información, metodologías y análisis sobre las violaciones de Derechos Humanos e infracciones al Derecho internacional Humanitario.

Con el fin de contrarrestar las amenazas y disminuir las vulnerabilidades de las víctimas, y para garantizar su debido retorno o reubicación, el Ministerio del Interior y la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las víctimas deben trabajar de la mano para coordinar todos estos programas de prevención, atención y garantía de no repetición.

Los comentarios están cerrados.