La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia negó la detención domiciliaria para la excongresita Yidis Medina Padilla, condenada por recibir dádivas para la aprobación de la reelección del expresidente Álvaro Uribe.
El alto tribunal rechazó la solicitud hecha por la defensa de la exlegisladora, la cual argumentaba que le entregara el beneficio de casa por cárcel, debido a que era cabeza de familia.
Para la Corte, existe un grave antecedente en el proceso, debido a que Medina en una oportunidad violó los adquiridos ante la justicia cuando se le entregó el beneficio de detención domiciliaria.
«Ya que como bien se dijo, pese a que la Corte Suprema de Justicia le concedió tal beneficio, la penada hizo caso omiso de las obligaciones impuestas, mirando con desdén la justicia, debiéndose revocar el subrogado y en su lugar disponer el cumplimiento inmediato de la sanción», precisa la decisión.
Medina perdió el beneficio de casa por cárcel por abandonar sin permiso judicial su casa, razón por la cual se ordenó su traslado inmediato a la cárcel El Buen Pastor de Bogotá.
La excongresista cumple una pena de 47 meses y seis días de prisión por el delito de cohecho en junio de 2008. Además el 30 de septiembre de ese año fue condenada a cincuenta meses y doce días de prisión como autora del delito enriquecimiento ilícito.