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Con nueva Ley de Suelo se da via libre a nuevos procesos de urbanización

El presidente Juan Manuel Santos, en compañía del Ministro de Vivienda, Germán Vargas Lleras, firmó el decreto que reglamenta la Ley de Suelo Urbanizable, expedida en diciembre del año pasado, la norma dio vía libre a los Macroproyectos de Interés Social Nacional (MISN) de segunda generación, que planearán nuevos procesos de urbanización.

«Con los macroproyectos incrementaremos la oferta formal de vivienda y garantizaremos que las familias de menores ingresos puedan acceder a una solución de vivienda digna», explicó el Ministro de Vivienda, Germán Vargas Lleras.

La norma establece la ejecución de tres tipos de Macroproyectos: Metropolitano o Regional, Urbano a Gran Escala y Urbano. Los primeros están orientados a la solución del déficit de los municipios cercanos a las grandes capitales (300.000 habitantes) o áreas metropolitanas y que cuenten en su conjunto con un déficit mayor a 20.000 viviendas.

El segundo tipo atenderá el déficit de las principales capitales y grandes centros urbanos del país (municipios de categoría especial, 1 o 2, que cuenten con un déficit cuantitativo urbano superior a 3.000 viviendas).

Y, por último, los de carácter Urbano atenderán el déficit de las ciudades medianas (municipios de categorías 2, 3, 4, 5 o 6 y que cuenten con un déficit cuantitativo urbano superior a 2.500 viviendas).

El Decreto también contempla criterios de focalización territorial para los macroproyectos, porcentajes mínimos de área útil y determina la Vivienda de Interés Social (VIS) o la Vivienda de Interés Prioritaria (VIP), de acuerdo con el impacto que genere la operación en la solución del déficit de vivienda.

Todas estas medidas permiten agilizar los trámites que garanticen la habilitación de suelo para la construcción de vivienda y otros usos asociados a la vivienda, y la correspondiente infraestructura de soporte para el sistema vial, de transporte, de servicios públicos, espacios públicos y equipamientos colectivos.

ABC del Decreto

1.- ¿Qué son los MISN (Macroproyectos de Interés Social Nacional Segunda Generación)

* Los Macroproyectos son instrumentos para encauzar adecuadamente los procesos de urbanización y una herramienta clave para luchar contra la pobreza y la iniquidad.
* Permiten incrementar la oferta formal de vivienda y garantizar que las familias de menores ingresos puedan acceder a una de estas soluciones.

2.- ¿Qué promueven los MISN de segunda generación?

* Promueven la participación del Gobierno Nacional en los procesos de desarrollo urbano de manera concertada con los municipios, para garantizar la existencia de suelo urbanizable para Vivienda de Interés Social y Prioritaria, a través de la adopción de grandes operaciones urbanas.

3.- ¿Cuáles son las ventajas de los MISN de segunda generación?

* Reducen el déficit nacional de vivienda, a través de intervenciones integrales de gran escala y en ciudades donde se concentra el mayor porcentaje de dicho déficit.
* Permiten mejores escenarios de planificación física urbana y regional de Gran Escala, es decir, grandes porciones de territorio con espacios públicos de calidad, equipamientos públicos y movilidad eficiente.
* Son una oportunidad para focalizar y articular inversiones sectoriales, especialmente para garantizar y agilizar la ejecución del programa nacional del Subsidio Familiar de Vivienda.
* Permiten superar las condiciones de pobreza de la población informal y desplazada que será beneficiada con vivienda, y nuevas oportunidades laborales generadas en el marco de los programas integrales.
* Reducen los tiempos de formulación y ejecución de proyectos de vivienda de interés social y prioritario, comparativamente con el ciclo observado en los proyectos tradicionales.

4.- ¿Qué determina el decreto que reglamenta la Ley de Suelo Urbanizable?

* Determina criterios de focalización territorial del instrumento
* Porcentajes mínimos de área útil
* Determina la VIS o la VIP, de acuerdo con el impacto que genere la operación en la solución del déficit de vivienda.

5.- ¿El decreto establece tres tipos de MISN, cuáles son?

* Metropolitano o regional
* Urbano a Gran Escala
* Urbano

Se establecen según el impacto.

6.- ¿Qué son los MISN de carácter Metropolitano o regional?

* Son los que están orientados a la solución del déficit de los municipios cercanos a las grandes capitales (300.000 habitantes) o área metropolitana y que cuenten en su conjunto con un déficit mayor a 20.000 viviendas.

7.- ¿Qué son los MISN Urbanos a Gran Escala?

* Son aquellos que atenderán el déficit de las principales capitales y grandes centros urbanos del país (municipios de categoría especial, 1 o 2, que cuenten con un déficit cuantitativo urbano superior a 3.000 viviendas).

8.- ¿Qué son los MISN de carácter Urbano?

* Son aquellos que atenderán el déficit de las ciudades medianas (Municipios de categorías 2, 3, 4, 5 o 6 y que cuenten con un déficit cuantitativo urbano superior a 2.500 viviendas).

9.- ¿Para qué sirven todas estas medidas establecidas en el decreto que reglamenta la Ley de Suelo Urbanizable?

* Para agilizar los trámites que garanticen la habilitación de suelo para la construcción de vivienda y otros usos asociados a la vivienda y la correspondiente infraestructura de soporte para el sistema vial, de transporte, de servicios públicos, espacios públicos y equipamientos colectivos.