Justicia Nacional

Prueba extraprocesal ante notario es constitucional: Procurador Ordoñez

El procurador general de la Nación, Alejandro Ordóñez Maldonado señaló que la práctica de pruebas extraprocesales ante notarios con sujeción a las reglas previstas en el Código de Procedimiento Civil no vulnera la Constitución Política; el Jefe del Ministerio Público pidió a la Corte Constitucional que declare exequible el artículo 113 de la Ley 1395 de 2010 que adoptó medidas de descongestión judicial.

De acuerdo con Ordoñez, la norma demandada señala que se pueden practicar pruebas extraprocesales ante notario destinadas a cualquier jurisdicción, excepto la penal, con citación de la contraparte y con observancia de las reglas sobre práctica de pruebas y contradicción establecidas en el Código de Procedimiento Civil.

De acuerdo con la demanda, esta disposición vulnera lo dispuesto en el artículo 116 de la Carta, y advierte que los notarios no podrían pronunciarse sobre los conflictos que suelen surgir en la práctica de pruebas, como en el caso de un interrogatorio de parte o de la declaración de un testigo, pues solo ejercen funciones administrativas.

En concepto del Ministerio Público, asumir que los notarios por la sola circunstancia de que ante ellos se puedan practicar pruebas extrajudiciales con audiencia de las partes y con sujeción las reglas del Código de Procedimiento Civil ejercen una función jurisdicción, no corresponde a la realidad.

Explicó que los notarios no son jueces ni actúan como tales, sino que colaboran armónicamente con la administración de justicia conforme a lo previsto en los artículos 113 y 116 de la Constitución.