Bogotá

Camionetas doble cabina de Bogotá tendrán pico y placa

La Secretaría Distrital de Movilidad señaló que de acuerdo al Decreto 271 de 2012, “los vehículos particulares clasificados en el Registro Automotor como wagon, station wagon, pick up y van de pasajeros que posean doble cabina o cabina extendida» tendrán restricción de Pico y Placa en Bogotá.

De acuerdo con la entidad, los vehículos particulares (placa amarilla) tipo camioneta que están bajo la categoría de wagon, station wagon, pickup doble cabina, doble cabina (aquellas que tienen capacete, carpa o incluso estacas) cabina extendida o van de pasajeros están cobijadas por la restricción entre las 6:00 a.m. y las 8:30 A.M. y entre las 3:00 p.m. y las 7:30 p.m.

Por otro lado los vehículos particulares (placa amarilla) cuya tipología se destina en forma exclusiva a carga como Pick Up cabina sencilla, estacas de cabina sencilla, furgón, panel y platón estarán sujetos a las restricciones establecidas para los vehículos de carga planteadas en el Decreto 034 de 2009, de lunes a viernes entre las 6:30 a.m. y las 9:00 a.m. y entre las 5:00 p.m. y las 7:00 p.m., pero no les aplica la restricción de Pico y Placa para vehículos particulares.