Panorama Nacional Política

Esta es la ley contra la violencia y discriminación de la mujer

marcha mujeres

La Ley 1257 DE 2008 previene y sanciona toda forma de violencia y discriminación contra las mujeres, pero la realidad es otra, según un estudio hecho por Acción Social, en Colombia cada 6 horas, una mujer colombiana es abusada por causa del conflicto armado.

Un promedio diario de 245 son víctimas de algún tipo de violencia y tiene registradas más de 1.950.000 desplazadas. El 30 por ciento salió de sus hogares por violencia sexual y el 25 por ciento volvió a sufrir abuso en los lugares de refugio y muy pocos casos están judicializados.

Cuál es el objeto de la ley?

Adoptar normas que permitan garantizar para todas las mujeres una vida libre de violencia, tanto en el ámbito público como en el privado, el ejercicio de los derechos reconocidos en el ordenamiento jurídico interno e internacional, el acceso a los procedimientos administrativos y judiciales para su protección y atención, y la adopción de las políticas públicas necesarias para su realización.

Qué contempla la Ley?

La violencia contra la mujer se entiende cualquier acción u omisión, que le cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual, psicológico, económico o patrimonial por su condición de mujer, violencia puede consolidarse en las relaciones de pareja, familiares, en las laborales o en las económicas. Igualmente en lo psicológico, físico, sexual y patrimonial.

Cuáles son los principios que el Estado se compromete a cumplir?

Implementar políticas púbicas que garantizan los derechos de la mujer.
Respetar los Derechos Humanos que tambien son de las mujeres.
Dentro de la familia y la sociedad eliminar toda forma de violencia contra la mujer.
Promocionar campañas en pro de la no violencia contra la mujer.
Todas las entidades que ejerzan atención a la mujer deben articularse en beneficio al género.
Las mujeres tendrán los beneficios del estado sin importar discriminación alguna.
El estado debe garantizar el cumplimiento de la ley.

Qué derechos tiene la mujer víctima de la violencia?

Recibir atención integral
Asesoramiento jurídico gratuito
Recibir información clara de sus derechos.
informar los resultados de los exámenes médicos, y que la víctima tenga la opción de escoger el galeno a su consentimiento.
Protección, capacitación y asistencia médica, psicológica, psiquiátrica y forense especializada, para ella y sus hijos.
Derecho a la verdad, la justicia, la reparación y garantías de no repetir hechos de violencia.
Libertad en decidir si quiere ser confrontada con el agresor en cualquiera de los espacios de atención y en los procedimientos administrativos, judiciales o de otro tipo.

A qué entidades le compete hacer seguimiento a esta Ley?

La Consejería para la Equidad de la Mujer
La Procuraduría General de la Nación
La Defensoría del Pueblo
Congreso de la República
Gobierno central, departamental, distrital y municipal.

Medidas que debe tomar el gobierno para sensibilizar la Ley
Formular estrategias con programas de formación, difusión, prevención, protección y atención en todos los aspectos para la erradicación la violencia contra las mujeres.
Fortalecer las instituciones nacionales que atienden a mujeres víctimas de violencia en las zonas geográficas
Proteger a la mujer en situaciones de desplazamiento frente a los actos de violencia en las regiones.
Adoptar medidas para investigar o sancionar a los miembros de la policía, las fuerzas armadas, las fuerzas de seguridad y otras fuerzas que realicen actos de violencia contra las mujeres, que se encuentran en situaciones de conflicto, por la presencia de actores armados.

Medidas que tomará el gobierno a través de sus ministerios:

Educación: A través del Ministerio de Educación e entidades adscritas deberán velar los derechos de las mujeres, desarrollando políticas y programas que contribuyan a sensibilizar a la sociedad para no seguir hechos de violencia con el género.

Laboral: El Ministerio de la Protección Social, promoverá, desarrollará y reconocerá que las mujeres tienen igual derechos laborales, difundiendo campañas para erradicar todo acto de discriminación y violencia contra las mujeres en el ámbito laboral.

Comunicación: El Ministerio de Comunicaciones elaborará programas de difusión que contribuyan a erradicar la violencia contra las mujeres en todas sus formas, a garantizar el respeto a la dignidad de la mujer y a fomentar la igualdad entre hombres y mujeres, evitando toda discriminación contra ellas.

Salud: El Ministerio de la Protección Social, elaborará o actualizará los protocolos y guías de actuación de las instituciones de salud y de su personal ante los casos de violencia contra las mujeres. Permitirá que el Plan Obligatorio de Salud incluya las actividades de atención a las víctimas que corresponda en aplicación de la presente ley.

La Ley hace valerlos derechos de la mujer ante la sociedad y la familia

Abstenerse de toda conducta que implique discriminación, maltrato físico, sexual, psicológico y patrimonial.
Oportunidades de desempeños profesionales, libre desarrollo en espacios democráticos.
Respeto al ejercicio de la autonomía, derechos sexuales y reproductivos, así como respetar las manifestaciones culturales, religiosas.
Trato digno e igualitario con la familia de las mujeres discapacitadas, habilitar espacios para garantizar su participación social.
Denunciar todo acto de violaciones de los derechos de las mujeres
Participar activamente en la formulación, gestión, cumplimiento, evaluación y control de las políticas públicas
Colaborar con las autoridades en la aplicación de las disposiciones de la presente ley y en la ejecución de las políticas que promuevan los derechos.

Medidas de protección que tiene la mujer

Cuando haya amenaza de vida, se le pedirá al agresor abandonar la casa.
Ordenar al agresor abstenerse de penetrar en cualquier lugar donde se encuentre la víctima.
Prohibir al agresor esconder o trasladar de la residencia a los niños, niñas y personas discapacitadas en situación de indefensión miembros del grupo familiar.
La víctima deberá acudir a tratamientos reeducativos y terapéuticos en una institución pública o privada, a costa del agresor, incluyendo gastos de orientación y asesoría jurídica, médica, psicológica y psíquica que requiera la víctima.
Protección temporal especial de la víctima por parte de las autoridades de policía, tanto en su domicilio como en su lugar de trabajo.

Sanciones que impone la ley al agresor

Prohíbe acercarse o comunicarse la víctima y/o a integrantes de su grupo familiar, incluyendo ascendientes o descendientes de los anteriores y los hijos adoptivos, y todas las demás personas que de manera permanente se hallaren integradas a la unidad doméstica, sin importar cualquier forma de matrimonio y/o unión libre.

Si se ejecuta la conducta respecto de pariente hasta cuarto grado de consanguinidad, cuarto de afinidad o primero civil, sobre cónyuge o compañera o compañero permanente, o contra cualquier persona que de manera permanente se hallare integrada a la unidad doméstica, o aprovechando la confianza depositada por la víctima en el autor o en algunos de los partícipes.

En caso de acoso sexual, el que en beneficio suyo o de un tercero y valiéndose de superioridad manifiesta relaciones de autoridad o de poder, edad, sexo, posición laboral, social, familiar o económica, acose, persiga, hostigue o asedie física o verbalmente, con fines sexuales no consentidos, a otra persona, incurrirá en prisión de uno a tres años.

Si la agresión se cometiere sobre personas en situación de vulnerabilidad en razón de su edad, etnia, discapacidad física, psíquica o sensorial, ocupación u oficio, la ley sancionará.