Panorama Nacional

Denuncian explotación petrolera ilegal en Casanare

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Son muchas las inconsistencias que se encuentran en temas de petróleos, pago de regalías, minas y tierras, que suelen pertenecer al estado y que afectan la explotación de los recursos naturales y del medio ambiente.

El 25 de octubre del 2005 se suscribió un contrato entre la Agencia Nacional de Hidrocarburo, ANH, y la empresa Solana Petroleum Exploration Colombia Limited, para la exploración y producción de hidrocarburos en el Bloque Guachiría Sur, ubicado en el municipio de Paz de Ariporo y Trinidad, en el departamento del Casanare. La licencia se autorizó en el área de la vereda de Los Chonchos y Mate Vaquero.

La empresa Solana Petroleum Exploration Colombia Limited, cedió el contrato de producción y exploración en el Bloque Guachiría Sur a Lewis Energy Colombia inc, sin el cumplimiento de los requisitos establecidos en el contrato, ya que la Agencia Nacional de Hidrocarburos no realizó un estudio serio para determinar la capacidad técnica y operativa del cesionario. Asimismo, mediante la Resolución 2387 del 10 de diciembre de 2009, el entonces Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial autorizó la cesión de derechos y obligaciones derivadas de la licencia ambiental otorgada a Solana Petroleum a Lewis Energy Colombia Inc, sin que existiera constancia del cumplimiento de los requisitos esenciales de la cesión en materia ambiental.

La empresa Lewis Energy Colombia Inc instaló un pozo exploratorio denominado Tulipán 1, que se expandió a Tulipán 2, 3, 4 y 5, los cuales tan solo se encontraban en etapa de exploración en el año 2010 y fueron instalados sin el cumplimiento de las obligaciones ambientales en la zona. Además realizaron extracción de crudo e hicieron caso omiso a la autorización que había otorgado la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, ANLA, donde advertía que el contratista solo podía realizar corredores viales en la zona y no terraplén como se hizo, afectando en gran medida al río Yatea.

El 18 de noviembre de 2011 la ANLA suspendió de manera inmediata las actividades que venía desarrollando, las cuales ponían en riesgo los recursos naturales y el medio ambiente de la zona donde se encontraban los pozos “exploratorios”. Sin embargo, esta orden no fue acatada por dicha empresa, sino que continúo con las actividades de forma ilegal en el Bloque Guachiría Sur.

De las múltiples inconsistencias tenía conocimiento la Contraloría General de la Nación, entidad que guardó silencio y omitió adelantar una investigación juiciosa mediante una inspección, para verificar si existía daño ecológico y si existía robo de crudo, según el informe de la Procuraduría General de la Nación.
Los reportes de la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) y el Ministerio de Minas, afirmaban que la empresa Lewis Energy Colombia inc, en el año 2012 producía aproximadamente 1.000 barriles de petróleo diarios, lo cual se traduce en una producción económica diaria de $180.000.000 millones de pesos, para un total de $ 5’400.000.000 millones de pesos al mes. No obstante, según el informe de la Procuraduria General de la Nación, se reportó el transporte de aproximadamente 1.500 barriles diarios, lo que significa que la empresa Lewis Energy Colombia Inc, no estaba dando a conocer la extracción diaria de 500 barriles de crudo, los cuales representaban $ 90.000.000 millones de pesos por día, escondiendo la realidad de una producción no autorizada, para evitar así el pago de regalías que proporcionaban al Estado Colombiano un detrimento patrimonial.

Acciones como estas generan daños inimaginables, no solo a nivel ambiental, sino social. Es el caso de la familia de la señora Mireya Natriglia, quien por muchos años ha forjado una trayectoria en el sector ganadero en el departamento del Casanare, y quien se ha visto gravemente afectada por los errores y problemáticas que han traído al país dichas empresas petroleras, además de la negligencia en cuanto a la revisión y cumplimiento de las entidades del estado.

A pesar de que la empresa Lewis tenía vencido el contrato con la Agencia Nacional de Hidrocarburos y tenía suspendida sus actividades por la ANLA, irregularmente adelantó un procedimiento para la imposición de la servidumbre amparado en la Ley 1274 de 2009, sobre el predio de la señora Mireya Natriglia, sin haber cumplido con la obligación legal de adelantar el período de negociación previa, omitiendo igualmente su deber de citar a todos las personas que pudiesen considerarse afectadas, y sin cuantificar los perjuicios causados.

Por tal razón la señora Natriglia decidió buscar la asesoría legal con NISIMBLAT ABOGADOS en la ciudad de Bogotá, los cuales interpusieron petición a la agencia Nacional de Hidrocarburos, con el fin de determinar el cumplimiento de las obligaciones contenidas en el contrato de exploración y producción, para buscar la posibilidad de solicitar la caducidad o terminación del contrato en representación de la señora Mireya Natriglia, como afectada directa de los hechos anteriormente citados.