Las sanciones pecuniarias de 15 salarios mínimos diarios legales vigentes que corresponden a $308.000 entraron en vigencia desde el lunes 20 de octubre de 2014, arrancando con las placas terminadas en 1 y 2.
¿Cómo funciona el pico y placa?
La circulación de vehículos de transporte público colectivo, estará restringida conforme al último número de la placa respectiva durante todo el día, de lunes a sábado. La medida no se aplicará ni domingos ni festivos.
Actualmente, Bogotá cuenta con más de 498 rutas de transporte público colectivo, entre los que se encuentran los buses, las busetas y los colectivos o microbuses.
Conozca el día de pico y placa que le corresponde según el último digito de la placa:
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Día |
1ª Semana |
2ª Semana |
3ª Semana |
4ª Semana |
5ª Semana |
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Lunes |
1 y 2 |
3 y 4 |
5 y 6 |
7 y 8 |
9 y 0 |
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Martes |
3 y 4 |
5 y 6 |
7 y 8 |
9 y 0 |
1 y 2 |
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Miércoles |
5 y 6 |
7 y 8 |
9 y 0 |
1 y 2 |
3 y 4 |
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Jueves |
7 y 8 |
9 y 0 |
1 y 2 |
3 y 4 |
5 y 6 |
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Viernes |
9 y 0 |
1 y 2 |
3 y 4 |
5 y 6 |
7 y 8 |
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Sábado |
1 y 2 |
3 y 4 |
5 y 6 |
7 y 8 |
9 y 0 |
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Lunes |
1 y 2 |
3 y 4 |
5 y 6 |
7 y 8 |
9 y 0 |
Tenga en cuenta:
Los vehículos de servicio público de transporte colectivo de pasajeros con restricción podrán circular con no más de un (1) acompañante, únicamente para atender labores de mantenimiento, alistamiento, reparación o revisión técnico mecánica, portando en un lugar visible aviso que exprese claramente que se encuentran fuera de servicio

