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Alcalde Petro se declaró impedido en el caso del Humedal La Conejera

petroYa son 45 días que completa el conflicto generado por la construcción del proyecto urbanístico Fontanar, en inmediaciones al Humedal La Conejera, el alcalde Gustavo Petro se declaró impedido para decidir sobre la realización de las obras.

Luego de siete meses de conflicto por la construcción de 94 apartamentos en zonas del humedal La Conejera, Gustavo Petro, a través de un comunicado, manifestó su impedimento ante el Procurador General de la Nación, frente al control urbanístico del proyecto constructivo denominado “Reserva Fontanar Apartamentos”.

La razón del impedimento es porque el cuñado del alcalde preside la junta directiva de la constructora.

La firma tiene como constructor responsable al señor Juan Carlos Alcocer Garcia, hermano de la esposa del Alcalde Mayor de Bogotá, señora, Verónica Alcocer García.

Se espera respuesta del Procurador, mientras tanto el presidente Juan Manuel Santos deberá nombrar un alcalde Ad hoc, para que sea quien determine la ejecución de la obra.

Los habitantes del sector que están en desacuerdo con la construcción en la zona ambiental adelantaran una manifestación para impedir el avance del proyecto.

Al inicio de la polémica generada por el proyecto, el director del Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático, IDIGER, ingeniero Javier Pava Sánchez, explicó que el POT de la Administración Bogotá Humana prohíbe la construcción en zonas de amenaza media, sin embargo, la licencia para esta construcción fue tramitada con el POT anterior, que si lo permite.

“La diferencia entre el POT y el MEPOT (hoy suspendido) es que en el POT si un predio estaba en amenaza media por inundación no era necesario que el urbanizador o constructor presentara un concepto ante la respectiva Curaduría. En el MEPOT, sí restringía la construcción en amenaza media y condicionaba la aprobación de la licencia a un concepto emitido por el FOPAE, hoy IDIGER”, precisó Pava Sánchez.

Pava indicó que aunque el predio estaba en amenaza media por inundación, esa reglamentación no exigía un concepto del FOPAE hoy IDIGER, para que se tramitara la respectiva licencia, por lo que no está en manos del Distrito prohibir esta construcción.

Sobre el caso, la Secretaria Distrital de Ambiente luego de adelantar una vigilancia especial, sobre esta zona protegida humedal “La Conejera”, concluyó que el constructor cumple con las normas vigentes y está dispuesto a ajustar su proyecto con las recomendaciones formuladas por la autoridad ambiental para mitigar los riesgos sobre el humedal.

La Secretaria de Ambiente, Susana Muhamad, reconoció que hubiera sido preferible para este tipo de proyectos que se ajustara a las normas previstas en el POT suspendido por el Consejo de Estado y que en esencia tenía previsto, en casos de riesgo medio, consultar al Idiger antes de obtener la licencia de construcción.

La funcionaria indicó que de acuerdo con la evaluación, el constructor deberá adelantar entre otras recomendaciones técnicas las siguientes y que la vigilancia especial de la entidad sobre el proyecto, será la garante de que la afectación sobre La Conejera sea mínima o, preferiblemente, nula.
La Secretaria expresó que el gobierno distrital insistirá ante el gobierno nacional para que la licencia ambiental se incluya como requisito para proyectos próximos a zonas protegidas.

Es importante recordar que la licencia de construcción del proyecto Fontanar fue emitida bajo el Decreto 190 de 2004, que no restringe urbanizar en zona de amenaza media que está hoy vigente, y aunque reviva el POT de Bogotá Humana, el proyecto fue aprobado bajo otra reglamentación.