Ordenan ampliar plazo a demandas contra construcciones de CDO en Antioquia
Tras la tragedia del edificio Space en Medellín, un Juzgado le ordenó a la Superintedencia de Sociedades, que amplié el plazo a cuatro meses para que los afectados de 10 centros residenciales construidos por la firma CDO, instauren sus demandas exigiendo la reconstrucción de sus edificios, la devolución del dinero o el pago de sus perjuicios.
El Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Medellín falló una tutela presentada por la Defensoría del Pueblo, luego que la Supersociedades diera el pasado 22 de diciembre, un plazo apenas de cinco días para que los afectados de la firma constructora CDO instauren las demandas pertinentes.
La tutela se instauró debido a que la Superintendencia de Sociedades informó el 22 de diciembre pasado un listado de los acreedores que serían tenidos en cuenta en el proceso de insolvencia y reorganización de CDO y les imponía un plazo de tan solo 5 días hábiles, que vencía el 2 de enero de 2015, para que dieran a conocer sus objeciones o iban a ser excluidos de quienes podrían ser indemnizados.
La Defensora Regional Antioquia, Gloria Elena Blandón, instauró la tutela argumentando que se podría violar el derecho a la defensa de los compradores de apartamentos, quienes no tendrían el tiempo suficiente para conseguir un abogado experto que los represente en el proceso de insolvencia de CDO.
Al respecto, el Juez estuvo de acuerdo en que los habitantes de las unidades residenciales antes enumeradas, “que no puedan notificarse por algún motivo, o no tengan apoderado judicial, no podrían superar completamente la situación creada por la notificación en tiempo de vacaciones que pretende hacer la Superintendencia de Sociedades”.
Además, que “se proceda a la vinculación en el trámite de liquidación de CDO, de todas y cada una de las empresas, sean nacionales o internacionales que hagan parte del grupo empresarial CDO con el fin de garantizar los derechos fundamentales de los habitantes de las unidades residenciales.
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