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Procuraduría dejó en firme suspensión por tres meses a 11 concejales de Yondó-Antioquia

YondoEn fallo de primera instancia, la Procuraduría General de la Nación confirmó las sanciones disciplinarias impuestas contra 11 concejales del Concejo Municipal de Yondó, por no autorizar al alcalde para contratar, esto teniendo en cuenta que las obras e iniciativas de la administración debían ser consensuadas y aprobadas por esa corporación.

Según el órgano control, los concejales incurrieron en falta disciplinaria por cuanto para los años 2012-2013 no reglamentaron la autorización al alcalde para contratar, entendiendo que los casos requerían de aprobación previa por dicha corporación”, por lo que, para emitir el fallo, tuvo en cuenta los antecedentes disciplinarios que tenían los servidores públicos y el nivel de jerarquía que ostentan.

Lo concejales que deberán cumplir un suspensión del cargo por un periodo de tres meses, son Hidaldo Rafael Zabala Acuña; a los ediles Eleuterio Lerma Díaz, Fabian Ruiz Castillo, César Enrique Gamarra, Francisco Javier Estrada Giraldo y Alexis Rodríguez, por el término de dos meses; y a los disciplinados Ana Mercedes Estrada Díaz, Edinson José Guzmán Osorio, Myladis Morato Pedrozo, Delsa Meris Sánchez Mora y Henry Portela, por un mes.

El alcalde municipal de Yondó departamento de Antioquia, solicitó insistentemente a la Concejo, que adoptara la reglamentación, sin embargo, los 11 disciplinados no ejercieron sus funciones porque, según manifiesta la defensa de los concejales, “la mayoría de ellos no tiene una preparación académica y, por tanto, no conocían la ley, pues consideró que esta circunstancia no excusa su comportamiento y por el contrario genera responsabilidad disciplinaria. Agregó que al momento de su posesión estos servidores públicos juraron cumplir la Constitución y, en consecuencia, estaban obligados a asumir con responsabilidad y lealtad las funciones que les fueron confiadas”.

Bajo este alegato la Procuraduría no acogió los argumentos de la defensa, por considerar que los 11 disciplinados no ejercieron sus funciones consultando permanentemente los intereses del bien común, y teniendo presente que los servicios que prestan constituyen el reconocimiento y efectividad de un derecho y buscan la satisfacción de las necesidades generales de todos los ciudadanos.

A juicio de la Procuraduría faltas de los cabildantes fueron calificadas como graves a título de culpa grave, por haber obrado con negligencia y sin el cuidado que debían tener al momento tramitar la reglamentación para la cual tiene facultad exclusiva el Concejo Municipal de Yondó.

El órgano de control precisó que de no ser posible ejecutar la sanción, se convertirá el término de la suspensión o el que faltare, según el caso, en salarios de acuerdo al monto de lo devengado en el momento de la comisión de la falta.