Nacional Salud

Consejo de Estado pide que sean los centros hospitalarios los que asuman los costos cuando las personas se enfermen dentro de ellos

enfermoEl Consejo de Estado le hizo un llamado al Ministerio de Salud para que se presente al Congreso de la República un proyecto de ley que establezca un sistema que permita asumir los costos de los riesgos que conlleva la atención hospitalaria, cuando los pacientes adquieren infecciones bacterianas al interior de clínicas u hospitales.

El pronunciamiento fue hecho por la Sección Tercera al confirmar una sentencia del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, la cual condenó al Hospital Militar Central de Bogotá por los daños ocasionados a un hombre que perdió su ojo izquierdo, después de contraer una bacteria durante una intervención quirúrgica en marzo de 2001.

La sentencia, con ponencia del magistrado Danilo Rojas Betancourth, señala que debe estudiarse la posibilidad de crear un fondo especial o seguro contra esta clase de riesgos para que el Estado pueda reparar a las víctimas cuando se demuestre que la infección fue adquirida por el paciente dentro de la institución hospitalaria y que se trata de una bacteria resistente al tratamiento médico.

“No resulta constitucionalmente aceptable absolver a la administración, en razón de que carece de medidas legislativas y de una organización administrativa y presupuestal dirigidas a corregir inconsistencias en la distribución de los gastos asociados a la reparación del daño. Por ello, si el actual diseño del sistema de salud no cuenta con mecanismos que eviten la concentración desproporcionada de la carga indemnizatoria en establecimientos directamente intervinientes en el tratamiento del paciente afectado con una infección nosocomial, esta circunstancia ha de asumirse como una disfuncionalidad interna del sistema de salud, cuya solución no puede afectar el derecho del usuario del servicio”, indica la sentencia.

Según el fallo, la disfuncionalidad en la organización del sistema de salud que impide una distribución adecuada del riesgo que conlleva la atención hospitalaria y que, de ninguna manera debe ser asumido por la víctima, alerta sobre la necesidad de crear un marco legal que permita una forma más racional de asumir la carga indemnizatoria por parte del Estado.

La decisión explica que no se puede eximir de responsabilidad a una institución hospitalaria cuando se alega vulnerabilidad del paciente para contraer cualquier tipo de bacteria, debido a su estado de salud, puesto que es obligación de las clínicas y hospitales extremar las medidas de prevención para evitar la adquisición de infecciones de carácter nosocomial (intrahospitalarias).

Finalmente, en la sentencia también se hace un llamado a la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado para que, haciendo uso de su facultad de presentar iniciativas legislativas, acompañe el proyecto del Ministerio de Salud.