Cundinamarca

Condenan a los municipios de Mosquera y Funza a pagar más de 200 millones de pesos a dos familias

mosquera

El Consejo de Estado condenó a los municipios de Mosquera y Funza (Cundinamarca), a pagar más de 200 millones de pesos a dos familias que debieron demoler sus viviendas debido a que se permitió el relleno de un humedal, lo que ocasionó inundaciones que causaron daños irreparables a sus inmuebles.

La Sección Tercera, con ponencia de la magistrada Olga Mélida Valle de De la Hoz, explicó que en la Ley 99 de 1993 se consagran como funciones de los municipios controlar y vigilar el medio ambiente y los recursos naturales, y proteger el derecho constitucional a un ambiente sano. Además, deben velar porque los particulares cumplan con sus deberes en materia ambiental.

Así mismo, la Sala recordó que las Corporaciones Autónomas Regionales deben garantizar que los trabajos adelantados en zonas especiales de protección ambiental cumplan con los requisitos contenidos en las normas ambientales, para evitar consecuencias negativas en el entorno a causa de labores como el relleno de predios.

En el caso concreto, el Alto Tribunal señaló que el Municipio de Mosquera no colaboró armónicamente con la autoridad ambiental y omitió el cumplimiento de las funciones que como ente territorial le correspondía en la vigilancia de los trabajos que un particular estaba haciendo para elevar el nivel del predio de su propiedad.

En el caso del Municipio de Funza, este fue notificado de la generación del daño causado a los demandantes por su vecino y esta entidad territorial no dispuso de los medios necesarios para la recuperación de la zona ni contribuyó con los estudios y actividades para evitar la inundación y las consecuencias ambientales ocasionadas.

Aunque se argumentó que el terreno en el que los actores edificaron sus viviendas eran terrenos cercanos a la altura de inundación del río Bogotá, lo cierto es que no fueron anegados por este río, sino todo lo contrario, pues quedó demostrado que la misma se produjo por los rellenos de predios vecinos y por la falta de control y vigilancia de los entes territoriales y de la CAR sobre esa actividad, la cual ocasionó el taponamiento de los canales que servían de drenaje. Así, se desvirtuó la supuesta responsabilidad de los propietarios de las viviendas afectadas por haber construido a nivel de inundación.