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Los municipios están obligados a suministrar agua a sus habitantes

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En dos decisiones que favorecen a los municipios de Tocaima, Apulo y Viotá (Cundinamarca) y al municipio de Santa Cruz de Lorica (Córdoba), el Consejo de Estado señaló que la falta de recursos económicos no es excusa para no adelantar programas que garanticen el suministro de agua potable a sus habitantes.

La Sección Primera, con ponencias de las magistradas María Elizabeth García González y María Claudia Rojas Lasso, explicó la obligación que tienen los alcaldes de construir, ampliar, rehabilitar y mejorar la infraestructura de los servicios públicos en sus jurisdicciones.

Según el Alto Tribunal, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio es quien debe prestar asistencia técnica a las entidades territoriales y a los prestadores de servicios públicos domiciliarios para diseñar y promover programas especiales de agua potable y saneamiento básico para el sector rural.

En el caso de Santa cruz de Lorica, los accionantes denunciaron que el municipio carece de servicios de agua potable y saneamiento básico, incluso hay caseríos y veredas que no tienen letrinas y “los campesinos tienen que realizar sus necesidades fisiológicas en bolsas y luego botarlas al monte”.

Con respecto al caso de los municipios de Tocaima, Apulo y Viotá (Cundinamarca), la Corporación instó al Ministerio de Vivienda para que les preste apoyo técnico y administrativo con el fin de implementar un sistema de acueducto adecuado en el sector rural.

Señaló la providencia que “mientras se ejecutan e implementan las obras ordenadas, se debe continuar con la prestación del servicio de acueducto mediante el abastecimiento continuo de agua potable en condiciones que supongan un nivel de riesgo bajo para la población, campañas de educación sanitaria que instruyan a los habitantes de las veredas sobre las precauciones que deben observar al momento de consumir el agua suministrada”.