Nacional

Niegan nulidad de concurso de jueces y magistrados


El Consejo de Estado negó la solicitud de nulidad de la expresión “solo se permitirá la inscripción de un cargo”, contenida en el Acuerdo No. PSAA13-9939 de 25 de junio de 2013, que reguló el proceso de selección y convocó al concurso de méritos para la provisión de los cargos de funcionarios de la Rama Judicial.

El demandante argumentaba que la restricción a un solo cargo que tenía la convocatoria vulneraba el principio de igualdad, pues en concursos anteriores se permitió aspirar a varios cargos y en varias especialidades.

La Sección Segunda, con ponencia de la magistrada Sandra Lisset Ibarra Vélez, explicó que el Consejo Superior de la Judicatura, Sala Administrativa, tiene las atribuciones de administrar la carrera judicial y dicha facultad, entregada por la Constitución es directa, especial, exclusiva y autónoma.

Según la Sala, tal potestad le permite al Consejo Superior dictar los reglamentos necesarios en los aspectos no previstos por el legislador, para que el ejercicio de administrar la carrera administrativa, así como su funcionamiento, sea eficaz.

“Nada dijo la Ley 270 de 1996, ni los Decretos 052 de 1987 y 1660 de 1978, sobre el contenido o la forma como debía adelantarse la inscripción de los concursantes al proceso de selección, y ante el vacío normativo advertido, este preciso tópico constituye un claro ejemplo de un ámbito de regulación sobre el cual el Consejo Superior de la Judicatura, Sala Administrativa, puede ejercer su potestad reglamentaria especial, directa, excepcional, exclusiva o autónoma, como la define la Corte Constitucional”, señala la decisión.

Explica la sentencia que el límite impuesto por la norma: inscripción a un solo cargo, no transgrede el postulado constitucional relacionado con el derecho a ocupar cargos públicos, pues la jurisprudencia de la Corte Constitucional nunca ha reconocido a los ciudadanos la garantía o prerrogativa de inscribirse o aspirar a todos los cargos objeto de concurso. Así las cosas, tampoco implica un desconocimiento a los demás principios y valores constitucionales como la igualdad, el trabajo, el debido proceso y la dignidad humana.

Los comentarios están cerrados.