Bogotá

Consejo de estado deja ‘sin piso’ realización de consulta popular antitaurina

antitaurinoLa Sección Quinta del Consejo de Estado resolvió una tutela interpuesta por la sociedad taurina de Bogotá con la que dejó ‘sin piso’ la realización de la consulta popular para decidir si se realizan o no las corridas de toros en la capital de la República.

El Tribunal Supremo de lo Contencioso Administrativo revocó el fallo emitido el pasado 20 de agosto por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca que avaló la realización de la consulta antitaurina en Bogotá.

La Sala, consideró que en el fallo se presentó una violación al debido proceso tras pronunciarse en “única instancia” dentro del trámite de la consulta popular de iniciativa del Alcalde Mayor de Bogotá. Señala además que se desconoció “de manera flagrante el precedente constitucional” establecido en las sentencias C-889 de 2012 y en la T-296 de 2013, en esta última se definió que en la capital si se podían hacer corridas de toros.

“Se definió expresamente que en el Distrito Capital está habilitada la actividad de la tauromaquia al precisar que en la Plaza de Toros de Santamaría debe permitirse de manera permanente “la realización de espectáculos taurinos”, señala el fallo. Y añade que «hecho por el cual, a partir de esas decisiones, se desconoció el papel del legislativo que es el único que puede establecer de manera general o particular la prohibición de la denominada fiesta brava”.

Precisa además, que “No es dable acudir al mecanismo de la consulta para que, por una decisión mayoritaria, se determine si se puede o no practicar el referido espectáculo en la edificación dispuesta para el efecto: la Plaza de Toros de Santamaría”.

«Por estos hechos el Alcalde Mayor de Bogotá no podría hacer obligatoria la decisión de la consulta, “so pena desconocer los efectos y la fuerza vinculante de las decisiones judiciales”, en este caso, las proferidas por el Tribunal Constitucional, lo que impone amparar, se repite, el derecho al debido proceso por violación del precedente constitucional» es decir que para el Alto Tribunal el alcalde Petro, «se extralimitó en el ejercicio de su competencia, ya que existe una sentencia de la Corte Constitucional que avala las corridas de toros». Indica, demás, que la decisión del Tribunal Administrativo de Cundinamarca desconoció el fallo.

El Distrito anunció su intención de apelar tras el pronunciamiento del Consejo de Estado.

Rifirrafe entre MinHacienda, Registraduría y Distrito por financiación de consulta antitaurina

El registrador Distrital, Jaime Hernando Suárez, señaló que recibió una respuesta por parte del Ministerio de Hacienda, en el que se indica que “se pone en duda si es la Nación la que debe financiar el mecanismo de participación de la consulta antitaurina”. Petro señaló que la realización de la consulta es una orden directa a la Registraduría Nacional que de negarse a hacerla, “es una ruptura de la democracia y el Estado Social de Derecho”.

“En la respuesta que nos dieron, el Ministerio de Hacienda pone en duda sí es la Nación como tal la que debe financiar este mecanismo de participación”, señaló el registrador distrital, Jaime Hernando Suárez.

Según el funcionario, el Ministro indicó que la nueva ley de participación establece que “el alcalde debe fijar la fecha y a la vez tomar las medidas necesarias para la consulta”.

“No es tan claro que la Nación deba entregar los recursos para la consulta, por eso piden que se les aclare quién debe entregar los recursos para esta”, sostuvo.

“El Ministerio de Hacienda le argumenta a la Registraduría que “el artículo 33 de la nueva ley la ley 1757 de 2015, establece que el alcalde debe fijar la fecha pero a la vez tomar las medidas necesarias para la ejecución de la consulta”, agregó.

El registrador distrital señaló que el Ministerio de Hacienda le pidió elevar una consulta al Consejo de Estado para saber quién debe entregar los recursos que cuenta la consulta que está en $34.500 millones.

El Registrador Distrital aseguró que en caso de que alguno de los dos se niegue a serlo y en verdad sea el responsable de los costos de la consulta taurina, podría estar incurriendo en el delito de peculado.

“El decreto que fijó la fecha el señor alcalde no dijo nada al respecto sobre la financiación de este mecanismos de participación y pues se necesita saber el respectivo rubro para poder hacer la contratación y el pago necesario”, puntualizó el registrador Distrital.

Anta las dilaciones para realizar la consulta antitaurina el próximo 25 de octubre en los comicios regionales, hace unos días el alcalde Mayor de Bogotá, Gustavo Petro, aseguró que la realización de la consulta antitaurina “es una orden para el Registrador Nacional y que negarse a hacerla es una ruptura de la democracia y el Estado Social de Derecho”.

“El decreto del Alcalde, después de que la consulta al Tribunal Administrativo, como ordena la ley, fue favorable y fue aprobada por el Concejo de la ciudad, es una orden para el Registrador que al ser desobedecida rompe el Estado Social de Derecho de manera premeditada, vulnerando un derecho colectivo de la ciudadanía bogotana a expresarse democráticamente”, afirmó Petro.

El mandatario agregó que, si el Registrador se niega por sus gustos individuales a realizar la consulta, se recurrirá a los instrumentos de ley para hacer cumplir el derecho a la participación.

“Si el señor registrador Nacional quiere desobedecer por sus gustos taurinos, que son respetables individualmente, y que no pueden atravesarse en la decisión, si el Registrador quiere, por estas razones, romper la constitución y el decreto del Alcalde, se tomarán las medidas pertinentes desde el Estado Social de Derecho”, puntualizó el mandatario capitalino.