Judicial

Condenan a hospital de Tunja por falla en el servicio

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El Consejo de Estado condenó al Hospital San Rafael de Tunja a indemnizar a la familia de un paciente que quedó en estado vegetativo después de una cirugía. Los hechos ocurrieron el 21 de agosto de 1994, cuando un joven de 21 años ingresó al hospital con una herida de bala en su pierna derecha, la cual le ocasionó fractura del fémur. Sin embargo, solo 15 días después fue intervenido quirúrgicamente, pero al finalizar el procedimiento presentó dificultad respiratoria y bradicardia severa que terminó en una embolia que lo mantuvo en estado vegetativo cerca de dos años hasta que murió.

La Sección Tercera, con ponencia del magistrado Ramiro Pazos Guerrero, explicó que, aunque el tromboembolismo podía generarse per se por virtud de la lesión como explicaron los peritos, también era evidente que entre mayor tiempo se mantuviera el paciente sin que fuera reducida la fractura, se incrementaba el riesgo de padecerlo.

“El hospital demandado incurrió en falla en la prestación del servicio médico al demorar sin justificación científica la reducción quirúrgica de la fractura de fémur que aquejaba al paciente, falla que determinó el deceso del paciente, por cuanto lo sometió por un término excesivo al riesgo de embolia, que terminó por ocurrir y que derivó en la hipoxia que mantuvo al paciente en estado vegetativo”, indica la sentencia.

Según la Sala, aunque es cierto que el paciente no podía ser operado de inmediato por su estado de salud, el hospital debió ponderar el riesgo que conllevaba la demora en el procedimiento para la vida del paciente, sin tener en cuenta “la cantidad de cirugías pendientes”, como lo anotó en la historia clínica al reprogramar la cirugía que ya tenía fecha.