Política

Corte Suprema: No será delito portar más de la dosis mínima si se es un adicto

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La Corte Suprema de Justicia indicó que el porte de drogas para el consumo no será delito, así supere la dosis mínima. Según con el alto tribunal, se puede portar más de la dosis mínima de drogas si se es un adicto.

De acuerdo con la sentencia, 20 gramos de marihuana –la dosis permitida– son insuficientes para algunos adictos, y por eso debe cambiarse la jurisprudencia para que los adictos no sean procesados por las autoridades.

El alto tribunal precisó que los miembros de la fuerza pública solo podrán procesar a aquellas personas que porten drogas con fines de tráfico o que incurran en otras conductas irregulares.

Con su pronunciamiento, la Corte Suprema de Justicia absolvió a un soldado que era procesado por llevar 50 gramos de marihuana.

Anteriormente, cuando una persona superaba la cantidad de la dosis mínima se presumía que no era para su propio consumo sino para venderla.