Superindustria pone al descubierto cartelización en servicios de empresas de transporte marítmo
Al efecto, el organismo de control anunció que formuló pliego de cargos contra 8 empresas y 2 gremios de practicaje en algunos puertos y adicionalmente contra 11 altos directivos y exdirectivos por presuntamente haber colaborado, facilitado, autorizado, ejecutado o tolerado las conductas anticompetitivas investigadas.
Las empresas afectadas por la medida son Spilbum, Pacific Pilots, Río & Mar Pilotos, Pilotos del Puerto de Barranquilla, Servicios Técnicos Marítimos, Pilotos Marcaribe, Pracymar y Baupress.
Según la superintendencia, incurrieron en presunta cartelización empresarial al acordar e implementar un cobro adicional del 20 % sobre el valor de las maniobras realizadas por los pilotos prácticos en algunos puertos del país en la prestación del servicio público de practicaje.
Las empresas vinculadas a la investigación prestan el servicio público de practicaje en las zonas marítimas de jurisdicción nacional, específicamente en las capitanías de puerto de Buenaventura, Santa Marta, Barranquilla y Turbo.
El servicio de practicaje, explica la Superindustria, es el conjunto de actividades de asesoría al Capitán de un buque, debidas al experto conocimiento de las particularidades locales y cualquier clase de maniobra con embarcaciones, en las aguas restringidas de un puerto o área marítima y fluvial de practicaje, con el fin de asegurar unos niveles óptimos en la gestión de los riesgos involucrados de la navegación restringida incluyendo la necesidad de un juicio independiente de las presiones comerciales inherentes al transporte marítimo y así asegurar la protección de vidas, bienes y medio ambiente. Está constituido por el Piloto Práctico, la lancha de Práctico, la estación de Pilotos y el servicio de amarre.
De igual forma, la Superindustria indica que formuló pliego de cargos contra Aceprac y Anpra, gremios de empresas y pilotos prácticos que habrían presuntamente facilitado que sus socios acordaran el referido cobro adicional.
Según el pliego de cargos, los investigados, con el fin de cubrir los gastos administrativos inherentes al servicio público de practicaje, el cual resulta necesario para el movimiento de las naves en los puertos marítimos nacionales, habrían acordado el cobro de una tarifa adicional equivalente al veinte por ciento (20%) del valor de cada maniobra de practicaje.
Las empresas de practicaje habrían realizado el presunto acuerdo anticompetitivo durante una reunión de junta directiva de ACEPRAC llevada a cabo el 25 de enero de 2012, a la que habría asistido además el presidente de Anpra, de modo que estas asociaciones habrían servido como escenario para la definición del presunto acuerdo anticompetitivo.
La actuación administrativa se inició como consecuencia de la queja presentada en el 2012 por la Asociación Nacional de Navieros, Asonav, en la cual informó que Anpra y Aceprac le comunicaron de manera conjunta la implementación del cobro adicional.
Las siguientes son las personas jurídicas y naturales vinculadas con el pliego de cargos:
JURIDICAS
1.-ASOCIACIÓN NACIONAL DE PILOTOS PRÁCTICOS (ANPRA)
2.-ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE EMPRESAS DE PRACTICAJE (ACEPRAC)
EMPRESAS
1.-SERVICIOS DE PILOTAJE DE BUENAVENTURA S.A. “SPILBUN S.A.”
2.- PILOTOS PRÁCTICOS DEL PACÍFICO S.A.S.
3.- OPERADORES FLUVIALES Y MARÍTIMOS RIO & MAR R.&M. PILOTOS S.A.S.
4.- PILOTOS DEL PUERTO DE BARRANQUILLA S.A.
5.- SERVICIOS TÉCNICOS MARÍTIMOS S.A.S.
6.- PILOTOS MARCARIBE S.A.S.
7.- PRÁCTICOS Y MARÍTIMA PRACYMAR S.A.S.
8.- BAUPRES S.A.S.
PERSONAS NATURALES
1. FERNANDO PAREJA VALEST, Presidente ANPRA
2.- LUIS HERNANDO MARTÍNEZ AZCÁRATE, Presidente ACEPRAC
3.- GILBERTO ASPRILLA RIVAS, Gerente SERVICIOS DE PILOTAJE DE BUENAVENTURA S.A.
4.- CLAUDIA VIVIANA BENÍTEZ VILLAMIZAR. Representante Legal “PACIFIC PILOTS S.A.S.”
5.- LUIS RODRÍGUEZ ACEVEDO. Gerente, SERVICIOS TÉCNICOS MARÍTIMOS S.A.S.
6.- LUIS FERNANDO CARVAJAL AFANADOR, Subgerente PILOTOS MARCARIBE S.A.S.
7.- HECTOR GONZÁLEZ INFANTE, Ex – Representante Legal de OPERADORES RIO & MAR R.&M.
8. LUIS ÁLVARO MENDOZA MAZZEO, Ex – Representante legal PILOTOS DEL PUERTO DE BARRANQUILLA S.A.
9.- LUIS GUILLERMO VANEGAS SILVA, Representante Legal PRÁCTICOS Y MARÍTIMA PRACYMAR S.A.S.
10.- OSCAR ARBOLEDA GIRALDO. Representante Legal BAUPRES S.A.S.
11.- WILLIAM DANIEL QUIÑONES VILLAMIL, Piloto práctico afiliado a ANPRA
Según el comunicado de la Superindustria, en el evento en que el proceso administrativo sancionatorio termine declarando que existió violación del régimen de libre competencia económica, la Superintendencia puede imponer las siguientes multas:
– A las personas jurídicas una multa de hasta cien mil salarios mínimos legales mensuales vigentes (100.000 SMLMV) equivalentes a sesenta y ocho mil novecientos cuarenta y cinco millones cuatrocientos mil pesos ($68.945.400.000.oo) por cada infracción; y
– A las personas naturales una multa de hasta dos mil salarios mínimos legales mensuales (2.000 SMLMV) equivalentes a mil trescientos setenta y ocho millones novecientos ocho mil pesos ($1.378.908.000.oo).
No procedencia de recursos
Contra el Pliego de Cargos proferido por la Superintendencia de Industria y Comercio NO procede ningún recurso.