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Demandan fallo que aprobó el plebiscito por la paz en la Corte Constitucional

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La demanda fue presentada por el abogado Tomás Javier Oñate, y considera que el alto tribunal cometió una irregularidad al avalar la disminución del porcentaje del umbral electoral para el plebiscito. Según el jurista, el umbral fijado va en contra de la Constitución Nacional.

Este jueves fue presentada la primera demanda en contra del fallo que le dio luz verde a la refrendación de los acuerdos en La Habana, mediante el Plebiscito. Con este se pretende convalidar o no el acuerdo final que se firme en el proceso de paz entre el Gobierno y la guerrilla de las Farc.

La reducción del umbral de participación del 50% al 13%, según el documento de la demanda: “transgredió el ordenamiento constitucional y legal”, por lo que se solicita que se revalúen las reglas frente al plebiscito, avalado el pasado lunes por la Sala Plena de la Corte Constitucional.

El demandante considera “altamente cuestionable” la reducción del umbral, porque existen antecedentes jurisprudenciales y legales que fijan el mismo en un 50%.

La demanda consigna que: “Según lo definido por la ley 134 de 1994, el referendo, para ser aprobado, necesitaría de un total de 16’910.099 votos representado por el 50% del censo electoral. Para este caso, se redujo por la Corte Constitucional, en el acto legislativo, a un 13%, acto que ya había sido aprobado por la Corte Constitucional mediante sentencia de exequibilidad C-180 de 1994, lo que equivaldría a un número cercano a los 4’400.000 electores, muy inferior al total de votos obtenidos por el actual presidente en su reelección en el 2014”.

De igual manera, el abogado que interpuso la demanda considera que con esta reducción del umbral, se dan las condiciones requeridas para garantizar una votación positiva, más si se entiende que existe una maquinaria política y una deficiencia en la pedagogía del debate que se debería convocar en todos los sectores políticos y sociales del país.