Radican en el Congreso proyecto de Referendo para prohibir la adopción por parejas homosexuales
–Apenas instaladas las sesiones ordinarias, la senadora Vivianne Morales radicó un proyecto de Ley por medio de cuál se convoca a un Referendo para prohibir la adopción de niños y niñas por parte de parejas homosexuales y permitirla exclusivamente para parejas integradas por hombre y mujer.
La iniciativa comienza su trámite legislativo luego que la Registraduría Nacional avalara las más de 1 millón 740 mil firmas de las 2 millones 323 mil 500 entregadas.
La firmas se recogieron en el marco de la campaña «Firme por Papá y Mamá» en respuesta a la decisión tomada por la Corte Constitucional en noviembre de 2015, en la que se permitió la adopción de niños y niñas a las parejas homosexuales.
La propuesta de Morales busca que se convoque el referendo y se someta a consideración de los colombianos un proyecto de reforma constitucional para prohibir la adopción por parte de parejas del mismo sexo.
La senadora advirtió que «la adopción es un mecanismo de de protección de los niños para tener una familia constituida por un hombre y una mujer, tal y como lo dice el artículo 42 de la Constitución Política, unidos por matrimonio o unión marital de hecho» y agregó:
» A los niños el Estado les debe devolver lo que perdieron: un padre y una madre».
La iniciativa de Morales busca reformar el artículo 44 de la Constitución que consagra: “La adopción es una medida de protección del niño que busca garantizarle el derecho a tener una familia constituida por una pareja heterosexual en los términos explícitos del artículo 42 de esta Constitución, es decir, por un hombre y una mujer unidos entre sí en matrimonio o unión marital de hecho, con el cumplimiento de los demás requisitos establecidos en la ley”.
La senadora Morales afirma que “la adopción es una medida de protección que pretende materializar el derecho de un menor a tener una familia y -por consiguiente- está estructurada en torno al interés superior del niño. Como la Corte Constitucional lo ha dicho, los derechos de los niños prevalecen sobre los intereses de los demás y por eso se crean mecanismos de garantía a favor de los menores”.
Según la congresista, los derechos de los menores son prevalentes en relación con los otorgados a los demás grupos sociales.
“Hasta ahora en Colombia, la regulación normativa vigente ha considerado que esos derechos del menor en condición de adoptabilidad se garantizan en el marco de una familia constituida por una pareja heterosexual, hombre y mujer unidos entre sí por matrimonio o en unión marital de hecho. Sin duda, dicho planteamiento parte de la noción tradicional de la familia nuclear”, señaló Morales.
Además advirtió que “actualmente, para Colombia, no existen suficientes estudios o investigaciones que permitan evidenciar las posibles implicaciones que tiene para el desarrollo de los niños, niñas y adolescentes el hecho de crecer en familias adoptivas homoparentales” y en ese escenario “el interés superior del niño genera la obligación del Estado de conjurar cualquier posibilidad de riesgo frente al menor”.
En cambio dijo que sí existen dudas más que razonables sobre las consecuencias que generaría la adopción por parte de parejas del mismo sexo.
«El Estado y la sociedad son responsables de proteger a los niños frente a una duda razonablemente fundada sobre las afectaciones negativas en el desarrollo integral del menor. El potencial daño a su desarrollo implicaría una violación de sus derechos constitucional y convencionalmente protegidos”, puntualizó.

