
La ley 1805 del 2016, con la que todos los colombianos serán donantes de órganos, si no se manifiesta lo contrario antes de morir, fue sancionada este lunes por el presidente Juan Manuel Santos.
Sin embargo, para poder oponerse a la presunción legal de donación, cada colombiano deberá expresar su voluntad de no ser donante de órganos y tejidos, esto se logrará con un documento escrito que tendrá que autenticarse ante Notario Público y hacerse la respectiva radicación ante el Instituto Nacional de Salud.
Cualquier colombiano también podrá oponerse al momento de la afiliación a la Empresa Promotora de Salud, EPS, entidad que tendrá que informar al INS esta decisión.
La norma prohíbe la prestación de servicios de trasplante de órganos y tejidos a extranjeros que no residan en Colombia, dice la ley que: “salvo que el receptor sea cónyuge o compañero permanente, pariente en cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil, del donante”.
Esta ley también presenta fuertes sanciones para el delito de tráfico de órganos, y establece que quien “compre, venda o comercialice componentes anatómicos humanos, incurrirá en pena de 3 a 6 años de prisión”.
La nueva Ley de donación entra en vigencia dentro de 6 meses y con ella se espera que descienda el déficit por la falta de órganos en el país.

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