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Uribistas demandan acuerdo judicial con las Farc ante Corte Penal Internacional y entutelan el plebiscito

demanda-uribista–El partido de oposición del expresidente Alvaro Uribe Vélez, Centro Democrático, instauró en La Haya una denuncia ante la Corte Penal Internacional contra el acuerdo de justicia transicional firmado por el Gobierno con las Farc y simultáneamente entabló en Colombia una tutela para exigir la suspensión del Plebiscito convocado por el presidente Juan Manuel Santos para el próximo domingo 2 de octubre.

Con el respaldo de 1’315.000 firmas de colombianos que piden paz con justicia, la demanda presentada ante la Oficina de la Fiscal de la Corte Penal Internacional se sustenta en que el pacto con las Farc genera impunidad y tiene el propósito de proteger los derechos de los colombianos víctimas de crímenes atroces y de la población en general

Según el comunicado de Centro Democrático, en la denuncia se da a conocer la manera como el acuerdo de Justicia Especial se caracteriza por implementar una justicia transicional con vocación de impedir o anular, de forma efectiva, que los responsables de crímenes atroces reciban una sanción penal efectiva, adecuada y proporcional con la naturaleza de sus acciones; acciones que se adecuan en los crímenes de trascendencia internacional.

Agrega que tal anulación y aniquilación de una pena real y efectiva de cárcel o prisión o medida de aseguramiento, es constitutivo de una justicia no auténtica respecto a crímenes atroces generando impunidad y violando la garantía de no repetición, al dilucidarse una artificiosa y elucubrada amnistía material o indulto de facto o una ley de los arrepentidos, para las personas responsables de crímenes atroces.

Este acuerdo desconoce que el Estatuto de Roma, norma internacional vinculante para Colombia, la jurisprudencia internacional y el derecho internacional penal, establecen que los autores de crímenes atroces deben cumplir penas de pérdida efectiva de la libertad en una prisión o cárcel.

El acuerdo transgrede principios esenciales del Derecho Internacional Penal, como lo son: (1) Responsabilidad de mando; (2) Responsabilidad penal individual; (3) Complementariedad, por cuanto en diferentes a partes del acuerdo busca sustraer al individuo de su responsabilidad; (4) Cooperación internacional en el castigo de los culpables, el acuerdo presenta barreras suficientes para que otros países no puedan juzgar a los penalmente responsables de conductas bajo su jurisdicción.

El acuerdo le imposibilita a las víctimas de crímenes atroces acceder a un recurso efectivo para invalidar o dejar sin efecto la sentencia del Tribunal Especial para la Paz.

Por la situación presentada, se configuran los presupuestos para que se active la jurisdicción de la Corte Penal Internacional en virtud del principio de complementariedad, la Oficina de la Fiscal debe actuar de conformidad al Estatuto de Roma, concluye el comunicado.

TUTELA CONTRA EL PLEBISCITO

Sobre la tutela interpuesta contra el Plebiscito, el partido Centro Democrático señala que en la misma se solicita la suspensión la votación convocada para el próximo domingo debido a la vulneración de los derechos fundamentales a la libre participación ciudadana que significa realizar estas elecciones sin que las Farc hayan entregado las armas.

“Suspender la decisión del Presidente de la República Juan Manuel Santos Calderón de convocar el plebiscito para el próximo domingo 2 octubre de 2016, hasta tanto las Farc no realicen una entrega real y efectiva de las armas como paso previo y obligatorio a la refrendación popular”, indica la demanda presentada por los representantes Santiago Valencia González, Óscar Darío Pérez, junto con los concejales Norman Harry Posada, Jaime Mejía y los diputados José Luis Noreña y Roque Arismendy.

La tutela señala que se debe cumplir lo ordenado por la sentencia de la Corte Constitucional en relación a este certamen de participación ciudadana.

“Debido a que mientras que las Farc no depongan el uso y entrega de las armas, la participación en el plebiscito será sujeta de presión, constreñimiento y de amenazas al elector, omitiendo lo determinado por la propia Corte Constitucional en la Sentencia C-379 de 2016”, señala el recurso judicial.

Al respecto, el representante Valencia dijo que “es preocupante que se vayan a realizar estas elecciones con aproximadamente 8 mil guerrilleros de las Farc armados sin concentrarse y sin desmovilizarse”.

Advirtió que en declaraciones a los medios de comunicación del 26 de septiembre, la presidenta de la Corte Constitucional, María Victoria Calle, precisó que antes del plebiscito las Farc “no puede utilizar las armas, constreñir al elector o amenazarlo (…) Deben deponer las armas, es decir, alejarse de las armas”.

La tutela fue presentada y admitida en los tribunales superiores de Medellín.

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