Noticia Extraordinaria Tema del Día

Consejo de Estado afirma que hubo engaño del No en Plebiscito y urge al Congreso implementación de Acuerdo de Paz

plebiscito-00— El triunfo del No en el Plebiscito fue consecuencia de que los promotores «ejercieron violencia por engaño contra el electorado”, sostuvo el Consejo de Estado al admitir una demanda contra el acto que declaró resultados de esa consulta, aunque sin suspender sus efectos.

En su providencia, la sección quinta del alto tribunal decretó dos medidas cautelares, en una de las cuales ordena al Congreso avanzar en la implementación del acuerdo del fin del conflicto disponiendo para ello -aún en sesiones extraordinarias convocadas para tal fin- de los mecanismos especiales de creación normativa establecidos en el acto legislativo 01 de 2016 (fast track).

En la segunda exhorta a la Corte Constitucional para que priorice la resolución de las demandas de constitucionalidad en las que deba pronunciarse sobre la vigencia del acto legislativo 01 de 2016, y en especial sobre el artículo 5 de dicha preceptiva.

En referencia al engaño de la campaña del No, la consejera Lucy Jeannette Bermúdez Bermúdez, afirma que esto quedó probado en la entrevista que concedió a un diario de Bogotá por Juan Carlos Vélez Uribe, en su condición de gerente de la misma Campaña, en la que dio cuenta de cómo “crearon y divulgaron mensajes alejados de la realidad, con los que ejercieron violencia por engaño contra el electorado, lo que produjo el resultado conocido”.

Hace referencia también a que “un pastor evangélico aseguró que la firma del acuerdo de paz fue un rito satánico, con lo cual muchos de los creyentes de dicho dogma habrían votado por el No en el plebiscito de 2 de octubre de 2016”.

También señala que se tergiversó el enfoque de género planteado en los acuerdos y se mintió y engañó a la ciudadanía al publicitar temas que no existían en el acuerdo de paz firmado con las Farc.

La magistrada reseña que luego del análisis, «emerge con meridiana claridad que la información que se suministró al electorado en la fase definitiva de campaña reflejó una total tergiversación, en muchos de sus aspectos neurálgicos, del contenido del acuerdo sometido a votación el 2 de octubre de 2016, el cual fue determinante para la obtención del resultado en dicha contienda electoral, como quiera que la manera sistemática y masiva en la que se llevaron a cabo las diferentes campañas generó una influencia global que torna imposible determinar con claridad la voluntad de los sufragantes”.

Para concluir, la Consejera desestima la solicitud de suspender provisionalmente los efectos del plebiscito, por cuanto actualmente existe un nuevo acuerdo, que es el que deberá implementarse con urgencia, según el mandato contenido en esta providencia. La solicitud de suspensión será resuelta por la Sala Electoral cuando se reanude la actividad judicial.